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    la puedo deducir?

    04 Dic 2007 14:47 #19241 por lozarubio2
    Buenos dias y gracias de antemano por sus respuestas.

    Un cliente compró una agenda electronica en el mes de agosto de 2007, haciendo el respectivo pago con su Tarjeta de Credito; pero resulta que dicha compra no se contablizo en ese mes y mi cliente la quiere deducir en este mes.

    Puedo hacerlo.....?

    Si se pudiera, como lo contabilizaria.....?

    Muchas Gracias.......

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    04 Dic 2007 19:24 #19249 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re:la puedo deducir?
    quien no la \"contabilizo\".......el banco ?......la empresa ?


    saludos

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    04 Dic 2007 22:36 #19260 por lozarubio2
    Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re:la puedo deducir?
    Muchas Gracias Lobo....Mira resulta lo siguiente:

    Mi cliente pagó esa palm (mas de 2,000.00 pesos) en agosto con su TC, pero nunca me hizo llegar la factura para su contabilidad (el banco le hizo el cargo a su TC; TODO NORMAL); hasta hace unos dias me comento ese detalle; y el quiere que lo deduzca en este mes de diciembre; pero paro lo cual de mi punto de vista se tendria que meter a gasto ò depreciacion segun el criterio en el mes de agosto; y tener que hacer la(s) declaracion(es) complementaria(s) necesarias.

    ¿No se si este en lo correcto; o podria deducirla en diciembre...?

    de Nuevo las Gracias

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    04 Dic 2007 23:00 #19261 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re:la puedo deducir?
    Mi cliente pagó esa palm (mas de 2,000.00 pesos) en agosto con su TC,.......PARA ELLO SUPONGO OBTUVISTE UN ESTADO DE CUENTA DONDE SE CARGA ESE MONTO Y ADEMAS LA T D C ES \"EMPRESARIAL\"Y/O \"FISCAL\" VERDAD ?...ES DECIR ESA TARJETA NO ES UN BARRIL SIN FONDO DE DONDE PAGA HASTA LA DESPENSA DE SU CASA VERDAD ?

    pero nunca me hizo llegar la factura para su contabilidad (el banco le hizo el cargo a su TC; TODO NORMAL); hasta hace unos dias me comento ese detalle; y el quiere que lo deduzca en este mes de diciembre; pero paro lo cual de mi punto de vista se tendria que meter a gasto ò depreciacion segun el criterio en el mes de agosto; ....ES CORRECTO, NO ME DICES QUE REGIMEN DE TRIBUTACION TIENE, PERO EXCEPTO LOS REPECOS, TODOS LOS DEMAS TRIBUTAN ENTRE OTRAS, CON REGLAS DE FLUJO DE EFECTIVO......TE OBLIGAS A DECLARAR EL IVA QUE COBRAS, HASTA QUE TE LO PAGAN ...Y TE OBLIGAS A ACREDITAR EL IVA QUE PAGAS, HASTA QUE LO HACES...Y AHI ES DONDE LA PUERCA TORCIO EL ......PORQUE POR EL HECHO DE TENER UN CARGO DE T D C EN AGOSTO, .AUTOMATICAM ENTRAS A FLUJO, CON OBLIGACION DE DECLARAR EN ESE MES

    y tener que hacer la(s) declaracion(es) complementaria(s) necesarias..ASI ES, SO PENA DE QUE EN UNA REVISION EL SAT PUDIERA HACERLA DE JAMON

    AHORA BIEN, PUEDES , SI DESEAS ENTERAR EN DICIEMBRE, \"PUEDES HACERLO\"......PUESTO QUE EL \"PERJUICIO\" SERIA PARA TI..YA QUE ACREDITARIAS ESE IVA DEL GASTO \"HASTA\" DICIEMBRE.Y NO CREO QUE EL SAT DIGA ALGO POR ESO

    ES MI OPINION

    SALUDOS



    ¿No se si este en lo correcto; o podria deducirla en diciembre...?

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