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    HONORARIOS CON CONFERENCIAS COBRO SIMBOLICO !!!

    07 Dic 2007 20:02 #19402 por CANO
    HOLA
    SIENDO MEDICO POR HONORARIOS, DECLARO SEGUN MIS RECIBOS EXPEDIDOS, PERO SE ME PRESENTA LA OPORTUNIDAD DE IMPARTIR CONFERENCIAS MASIVAS SOBRE DIFERENTES TEMAS DE INTERES COMUNITARIO SOBRE SALUD Y ENFERMEDADES, DONDE MINIMO HAY 500 ASISTENTES A LOS CUALES SE LES COBRARA UNA CUOTA SIMBOLICA DE $ 10 PESITOS POR PERSONA, NO ES MUCHO, PERO YA EN VOLUMEN REPRESENTA UN INGRESO CONSIDERABLE, MI PREGUNTA ES:
    DE QUE FORMA HAGO PARA DECLARAR ESOS INGRESOS, YA QUE SE ME HACE ILOGICO EXPEDIR UN RECIBO POR PERSONA, SERIA UNA LABOR MARATONICA APARTE DE QUE ES UNA CANTIDAD MINIMA LA QUE SE COBRA...EN ESTE CASO SE TOMA COMO UN INGRESO DIRECTO AL BOLSILLO??? SIN DECLARAR O SE DEBE PROCEDER A HACER ALGO ESPECIAL PARA DECLARARLO ANTE EL SAT????
    GRACIAS
    MCS

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    07 Dic 2007 21:36 #19409 por LOBOZAC
    ahhhhh como la queremos enrredar de repente......son ingresos normalitos..y DEBES DECRARARLOS....so pena de que si no lo haces, el sat cuando te pesque te la va a \"cobrar\"

    es decir, a poco tu vas \"comunitariamente\" a ofrecer los servicios ?........es obvio que \"alguien \" te contrata.pues que ese alguien les cobre.y tu haces un solo recibo

    saludos

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    07 Dic 2007 22:46 #19413 por sosgtorreon
    Lo que sugiere el Lobo es que tu le factures al que te contrata, digamos al que esta promoviendo los cursos, y que el se encargue o haga bolas para expedir los comprobantes por la \"cuota de recuperacion\"...

    Quiza la contratacion viene de parte de alguna dependencia de gobierno, quiza de un AC... tu facturas los honorarios por la imparticion del curso o conferencia... ojo, dichos honorarios por el curso o conferencia estan gravados para efectos de IVA.

    Si andamos desencaminados en la apreciacion, hazlo saber...

    Saludos.

    Saludos.



    sos al sos .

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    08 Dic 2007 19:30 #19446 por CPHugoocejo
    en efecto, esos servicios estan gravados a la tasa general de acuerdo al art 1 fraccion II, y el art 14 fraccion I, por otro lado el art 15 en su fracc XIV y XV no aplican, toda vez que no se trata de servicios de labotarios y estudios clinicos de la ley del IVA.


    saludos

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    10 Dic 2007 16:16 #19458 por CANO
    hola
    LA APRECIACION ES CORRECTA POR PARTE DE AMBOS, MIL GRACIAS POR TODO Y QUE TENGAN BONITO DIA
    SALUDOS
    MCS

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