- Mensajes: 461
- Karma: 4
- Gracias recibidas: 30
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Tengo un cliente que renta inmuebles gravados con el IVA, pero aplica la deducción ciega del 35% para efectos del ISR. Mi pregunta es ¿ Puedo acreditar el IVA al 100% de un gasto por concepto de energía electrica que me proporciona por esos inmuebles que el arrienda o debo aplicar la parte proporcional de conformidad con el Artículo 5 fracción I de la Ley del IVA?
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 384 invitados y ningún miembro en línea