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    Iva en deduccion ciega de ISR

    11 Dic 2007 16:16 #19497 por Smarin
    Tengo un cliente que renta inmuebles gravados con el IVA, pero aplica la deducción ciega del 35% para efectos del ISR. Mi pregunta es ¿ Puedo acreditar el IVA al 100% de un gasto por concepto de energía electrica que me proporciona por esos inmuebles que el arrienda o debo aplicar la parte proporcional de conformidad con el Artículo 5 fracción I de la Ley del IVA?

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.

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    11 Dic 2007 18:19 #19504 por SMOZ
    Respuesta de SMOZ sobre el tema Re:Iva en deduccion ciega de ISR
    LA DEDUCCION CIEGA ES OPCIONAL PARA QUIENES NO APLICAN GASTOS, O SEA ES UNA O ES OTRA, LO UNICO QUE PUEDES DEDUCIR ES EL IMPUESTO PREDIAL.
    CUANDO EJERCES LA OPCION TIENES CREO QUE APLICARLA CINCO AÑOS ANTES DE CAMBIARLA A LA OPCION DE DEDUCIR GASTOS EN VEZ DE DEDUCCION CIEGA.<br><br>Mensaje editado por: SMOZ, el: 11/12/2007 13:20

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    11 Dic 2007 22:46 #19512 por malone
    Respuesta de malone sobre el tema Re:Iva en deduccion ciega de ISR
    buenas tardes, yo creo que no hay ningun problema en que se acredite el 100% del iva por el gasto que mencionas aun cuando para isr se haya optado por la deduccion ciega, ya que esta situacion de la deduccion ciega, no vuelve los gastos realizados como no deducibles segun el articulo 173 de LISR, de hecho en el articulo 5 fraccion I de LIVA que mencionas, se anota el caso de la deduccion inmediata, que aunque una parte de la inversion no es deducible para ISR, para efectos de iva se considera totalmente deducible, y por lo tanto, todo el iva pagado por esa inversion es acreditable. Saludos

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    11 Dic 2007 23:26 #19514 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re:Iva en deduccion ciega de ISR
    Smarin escribio:

    Tengo un cliente que renta inmuebles gravados con el IVA, pero aplica la deducción ciega del 35% para efectos del ISR. Mi pregunta es ¿ Puedo acreditar el IVA al 100% de un gasto por concepto de energía electrica que me proporciona por esos inmuebles que el arrienda o debo aplicar la parte proporcional de conformidad con el Artículo 5 fracción I de la Ley del IVA?



    Una observacion...


    si, se puede acreditar ese IVA al 100% ya que en terminos de la ley del iva es estrictamente indispensable dicha erogacion, imaginemos no poder acreditar para IVA ese gasto aun estando pagada dicha erogacion, mas aun, cuando el servicio de la luz es escencial en la labor cotidiana.


    saludos

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    11 Dic 2007 23:36 #19515 por ARMANDOF
    Respuesta de ARMANDOF sobre el tema Re:Iva en deduccion ciega de ISR
    BUENAS NOCHES MARIN:

    COMO YA ACERTADAMENTE APORTO C.P. HUGO OCEJO (SALUDOS COMPADRE) HAY QUE ATENDER A LA ESTRICTA INDISPENSABILIDAD DE LA EROGACION, PERO APARTE HAY QUE TENER EN CUENTA QUE EL FACTOR DE ACREDITAMIENTO DE IVA, ES EN FUNCION DE TUS INGRESOS, NO DE TUS DEDUCCIONES, NO HAY QUE CONFUNDIR LA GIMNASIA CON LA MAGNESIA.

    SALUDOS

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    11 Dic 2007 23:37 #19516 por Smarin
    Respuesta de Smarin sobre el tema Re:Iva en deduccion ciega de ISR
    Muchas gracias a los foristas por sus aportaciones, de hecho ya había investigado en un artículo en una revista fiscal y el autor planteaba que en su opinión si sería acreditable al 100%, pero obviamente quería corroborar la opinión de los colegas en la página
    Cordiales saludos

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