UNA PERSONA PRESTA SERVICIOS PROFESIONALES A UNA DELEGACION DEL DF POR LO QUE DA RECIBOS DE HONORARIOS, SE LE RETIENE EL 10% DE ISR, PERO NO SE LE RETIENE IVA, LEI LA LEY DEL IVA PERO NO ENCONTRE EL FUNDAMENTO PARA QUE NO SE LE HICIERA LA RETENCION. ME GUSTARIA VER SI ALGUIEN TIENE EL FUNDAMENTO DE ESO O SI SE LE DEBE DE RETENER TAMBIEN EL IVA.
El fundamento es el tercer párrafo, del artículo 3o del Impuesto al Valor Agregado, que señala lo siguiente:
La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos
descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales.Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus organismos descentralizados no efectuarán la retención a que se refiere este párrafo.
Espero haberte ayudado<br><br>Mensaje editado por: a_cano, el: 01/01/2008 21:15