Tengo una inquietud para estas empresas de Sociedad de Responsabilidad Limitada en materia fiscal y referente a ISR pagos provisionales.....tengo que tomar en cuenta para el calculo los ingresos facturados o cobrados?
Segun tengo entendido para las Sociedades Civiles es en base a flujo de efectivo, pero para las S. DE R.L.?
Para ISR, ingresos facturados; para IETU, ingresos cobrados.
Saludos
Pues puedes utilizar la \\"autofacturación\\"; busca su regulación en el capítulo 2.5 de la Resolución Miscelánea vigente.