UN CLIENTE PERSONA FISICA REGIMEN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL COMPRA UN AUTO USADO A UN PARTCULAR EN 50,000 QUE ES DEDUCIBLE AHI Y PARA QUE IMPUESTO NOS SIRVE
Un placer saludarte, siempre y cuando exista el sustento de la factura con la cesion correspondiente y existe el pago via cheque nominativo siento que no debes tener problema y puedes deducirlo para ISR y para IETU ya que no excede el limite de los 175 mil, en cuanto a IVA no procede ya que hablamos de un bien mueble (752 y 753 Còdigo Civil) usado enajenado por un particular(art. 9 fracciòn IV LIVA).
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.