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    Momento de acumulacion

    11 Ene 2008 22:56 #20580 por Rayafama
    Respuesta de Rayafama sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    nop, si eres una persona moral de regimen general de ley, tendra que acumular tu ingresos desde el momento en que facturas y hasta por el total de esta para efectos del ISR y para el IVA tomas como base solamente lo que ya fue cobrado.

    saludos

    No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
    Con ella descubrí que hay AMORES ETERNOS.

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    16 Ene 2008 19:30 #20849 por karinam_39
    Respuesta de karinam_39 sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    Rayafama escribio:

    nop, si eres una persona moral de regimen general de ley, tendra que acumular tu ingresos desde el momento en que facturas y hasta por el total de esta para efectos del ISR y para el IVA tomas como base solamente lo que ya fue cobrado.

    saludos


    entonces aunque cobre anticipos no lo tomo para efectos ni de ISR ni de IVA :dry: ?... o estoy entendiendo mal


    digo en mi ejemplo no he facturado aun


    Gracias ;)

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    17 Ene 2008 15:35 #20887 por ANDY
    Respuesta de ANDY sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    PARA IVA ES LO EFECTIVAMENTE COBRADO EN EL MES
    PARA ISR ES DESDE EL MOMENTO DE FACTURACION

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    17 Ene 2008 21:24 #20926 por karinam_39
    Respuesta de karinam_39 sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    ANDY escribio:

    PARA IVA ES LO EFECTIVAMENTE COBRADO EN EL MES
    PARA ISR ES DESDE EL MOMENTO DE FACTURACION


    Entonces IVA si le desploso al anticipo y el para efectos de ISR hasta facture... muchas gracias:( :)

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    17 Ene 2008 21:34 #20928 por ramiro9
    Respuesta de ramiro9 sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    La interpretacion que le doy al art 18 es que si ya sabes el monto de la contraprestacion y a esa contraprestacion le haces anticipos, entonces estos anticipos serian acumulables, por citar un ejemplo se va a vender la mercancia y si ya se pacto la cantidad y el precio pues entonces estos anticipos serian acumulables aunque no exista factura de por medio.


    Saludos

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    18 Ene 2008 04:21 #20948 por karinam_39
    Respuesta de karinam_39 sobre el tema Re:Momento de acumulacion
    ramiro9 escribio:

    La interpretacion que le doy al art 18 es que si ya sabes el monto de la contraprestacion y a esa contraprestacion le haces anticipos, entonces estos anticipos serian acumulables, por citar un ejemplo se va a vender la mercancia y si ya se pacto la cantidad y el precio pues entonces estos anticipos serian acumulables aunque no exista factura de por medio.


    Saludos

    Muchas gracias Ramiro, entonces si yo se cuanto es la facturacion se acumula, obviamente sobre esa cantidad se descontaria el IVA

    Cierto?

    Muy amable

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