ALGUIEN ME PODRIA MANDAR EXACTAMENTE LA LEYENDA QUE SE DEBE DE INSERTAR EN UN ACTA CONSTITUTIVA PARA PODER SER DONATARIA AUTORIZADA. YA CHEQUE LA PAGINA DEL SAT PERO EL MATERIAL ES DEL 2006 Y AL PARECER YA CAMBIO LA LEYENDA LA CUAL TENGO ENTENDIDO DEBE INCLUIR LOS RECURSOS PUBLICOS (LOS CUALES SE PRETENDE RECIBIR EN UN 90%). LA LEYENDA QUE TENGO ES:
\"QUE DESTINEN SUS ACTIVOS FIJOS EXCLUSIVAMENTE A LOS FINES PROPIOS DE SU OBJETO SOCIAL O FINES, NO PUDIENDO OTORGAR BENEFICIOS SOBRE EL REMANENTE DISTRIBIUBLE A PERSONAS FISICAS O MORALES, SALVO QUE SE TRATE, EN ESTE ULTIMO CASO DE ALGUNA PERSONA MORAL AUTORIZADA PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES O SE TRATE DE LA REMUNERACION DE SERVICIOS EFECTIVEMENTE RECIBIDOS. ESTA DISPOSICIÓN ES DE CARACTE IRREVOCABLE\".
\"QUE AL MOMENTO DE SU LIQUIDACION Y CON MOTIVO DE LA MISMA, DESTINEN LA TOTALIDAD DE SU PATRIMONIO A ENTIDADES AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES. ESTA DISPOSICION ES DE CARACTER IRREVOCABLE\".