Quisiera abrir un tema de discusion, es acerca del Dictamen para efectos del Impuesto sobre Nomina, tal vez me equivoque
pero segun lo que he leido acerca del tema su aplicacion es
retroactiva, es decir,segun uno de sus transitorios del Codigo Financiero del Estado de Mexico es a más tardar el 31 de agosto de 2008 se debe presentar el dictamen estatal relativo al ejercicio fiscal 2007,segun mi opinion esto es ilegal porque esto es retroactivo, y por ende ilegal.