UNA PERSONA FISICA LO MULTO EL SAT, PRESENTO DEMANDA DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL, PARA ESTO GARANTIZO EL INTERES FISCAL MEDIANTE UNA ASEGURADORA, LUEGO EL TRIBUNAL LE NOTIFICO QUE NO PROCEDIA LA DEMANDA, K TENIA QUE PAGAR,
Y PAGO MEDIANTE LAS CONDONACIONES K SE DIERON A FINALES DEL AÑO PASADO.. Y FIN DE LA HISTORIA....
PERO K PASA CON LA GARANTIA DEL INT FISCAL QUE SE LE DIO AL SAT.
SE METE UN ESCRITO PARA CANCELARLA? MAS O MENOS K TIENE K DECIR EL ESCRITO???