Hola colegas, les molesto con su opinion al respecto:
Que pasa si un contribuyente con actividad agricola exede del limite de los 40 SMG del area geografica y le toca hacer un pago de ISR, y por consiguiente, pagar el IETU. ¿ Que ISR seria el que se acreditaria contra el IETU? ¿El ISR calculado de la tarifa o el ISR con la reduccion penultimo parrafo del Art.81 ?
Hola colegas, les molesto con su opinion al respecto:
Que pasa si un contribuyente con actividad agricola exede del limite de los 40 SMG del area geografica y le toca hacer un pago de ISR, y por consiguiente, pagar el IETU. ¿ Que ISR seria el que se acreditaria contra el IETU? ¿El ISR calculado de la tarifa o el ISR con la reduccion penultimo parrafo del Art.81 ?
HOLA ENRIQUE:
El ISR que efectivamene vas a pagar es el reducido, por lo tanto ese es el que acreditaras contra IETU.
Saludos
C.P. Saúl Castro Vázquez Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
CAPITULO III
SECCION I
Art. 8 quinto párrafo LIETU.<br><br>Mensaje editado por: Saúl Castro Vázquez, el: 23/01/2008 09:05