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Gracias por tu comentario Armando,
Lo que comentas reafirma mi criterio en cuanto a los pagos de Septiembre a Diciembre, toda vez que no deja de ser una inversion nueva (tan nueva que ni esta concluida ) lo que mas me intriga es encontrar eso que pones \"a menos que\" ya que el anticipo de Junio creeme que no son 5 pesos, y pues como que me duele dejarlos en el olvido.
el \"a menos que\" lo pienso manejar como:
dado que el anticipo fue para cimentacion y esta fue utilizada en su momento como \"patio de almacen\"...me temo que sufrio desgaste, por lo cual me voy a ver en la necesidad de registrar el deterioro que sufrio esa parte de la obra...y como se llama a eso..mmm.. ah creo que es depreciacion...(nomas no le digan a nadie...no vaya a ser que le llegue el chisme a lolita)
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A ver camaradas, tengo la siguiente duda
Tengo una construccion en proceso que inicio por ahi del mes de Junio 2007 y a la fecha no esta concluida.
Para efectos del IETU los pagos que realize a partir de Enero 2008 hasta concluirla son deducibles.
Pregunto:
1.-Los pagos de Septiembre a Diciembre 2007 entran en lo que menciona el 5to transitorio LIETU?
2.- La parte que se pago de Junio a Agosto 2007, que no se a utilizado (nuncamente depreciada), cuando se tomaria para la acreditacion que menciona el Articulo 6to transitorio del IETU, hasta concluir la construccion y su pase a Edificios???
3.- Ninguna de las anteriores?
Agradezco su interes de antemano,
Saludos!
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