buenos dias compañeros del foro, agradezco de antemano cada una de sus aportaciones, tendo una duda grande ¿me podrían explicar como se define la multa de fondo y la multa de forma? lo que pasa es que en el mes de octubre 2007 me llego una revision de gabinete donde me estan checando los pagos provisionales de enero a julio de 2007, una vez que me llego el orden prepare mis papeles de trabajo y demas, observando que habia un error en el iva de enero lo que hice fue presentar la complementaria y me dice el auditor que me va a cobrar las multas de fondo y forma, en primera instancia me decia que se iban a pagar multas del 30% sobre el pago omitido, pero ahora me dice que me va a cobrar las multas de fondo y forma.
estuve checando el articulo 17 de la ley federal de los derechos de los contribuyentes establece que cuando se corrija una vez iniciada la visita y antes de que se termine se presenta la complementaria, la multa sera del 20%, ¿aparte de esta multa hay que pagar otra?
pero al presentar la complementaria de enero que me resultaba saldo a favor, lo acredite con febrero y tambien se presento la complementaria, ¿es multa por cada declaracion?