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    duda Art 32-D

    19 Dic 2006 22:24 #2193 por j_ynes
    duda Art 32-D Publicado por j_ynes
    Buenas tardes,

    Deseo saber cuan cierto es que, este articulo, al menos hasta este parrafo esta incompleto. Quien podría aclararme la duda...?

    Saludos


    Artículo 32-D. La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:

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    19 Dic 2006 22:32 #2194 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: duda Art 32-D
    Segun mi CFF dicho artículo señala:
    Artículo 32-D. La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:
    I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes.
    II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.
    III. No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
    IV. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad pagar, ésta no haya sido presentada. Lo dispuesto en esta fracción no es aplicable tratándose de omisión en la presentación de declaraciones que sean exclusivamente informativas.
    La prohibición establecida en este artículo no será aplicable a los particulares que se encuentren en los supuestos de las fracciones I y II de este artículo, siempre que celebren convenio con las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir a plazos, ya sea como pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo con los recursos que obtengan por enajenación, arrendamiento, servicios u obra pública que se pretendan contratar y que no se ubiquen en algún otro de los supuestos contenidos en este artículo.
    Para estos efectos, en el convenio se establecerá que las dependencias antes citadas retengan una parte de la contraprestación para ser enterada al fisco federal para el pago de los adeudos correspondientes.
    Igual obligación tendrán las entidades federativas cuando realicen dichas contrataciones con cargo total o parcial a fondos federales.

    Esta es parte de la reforma que entro en vigor el dia 29 de Junio del presente años.

    Saludos Ynes

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    19 Dic 2006 22:41 #2196 por j_ynes
    Respuesta de j_ynes sobre el tema Re: duda Art 32-D
    Estoy de acuerdo con tu comentario, en el sentido de que asi esta actualizado; mi duda es en el sentido de que, me hacen el comentario de que; el parrafo que enuncio...

    " Artículo 32-D. La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, (1) en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:..."

    fue adicionado con (1)" entidades federativas y municipios" ;
    mas no he encontrado el decreo o resolucion que enuncie esa adicion.

    Por ello es la consulta.


    Saludos

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    19 Dic 2006 22:52 #2199 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: duda Art 32-D

    Estoy de acuerdo con tu comentario, en el sentido de que asi esta actualizado; mi duda es en el sentido de que, me hacen el comentario de que; el parrafo que enuncio...

    " Artículo 32-D. La Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, (1) en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que:..."

    fue adicionado con (1)" entidades federativas y municipios" ;
    mas no he encontrado el decreo o resolucion que enuncie esa adicion.

    Por ello es la consulta.


    Saludos


    Hola de nuevo Ynes, pues no, por mi parte no he encontrado esa adición, inclusive hubo una reforma al CFF con relación al 32-C de fecha 18 de Julio pero en nada afecto al artículo en comento.

    SALUDOS

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    19 Dic 2006 23:05 #2200 por j_ynes
    Respuesta de j_ynes sobre el tema Re: duda Art 32-D
    jj Gracias por tu aportacion,

    Saludos

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    19 Dic 2006 23:22 #2203 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: duda Art 32-D
    al igual que Juan, es lo mismo que tengo en el CFF , no he visto la descripcion que te comentan Ynes...


    saludos

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