Radio Aportaciones:  
--:--  | : 16hs-20hs -
Toggle Bar

    NECESITO ORIENTACION POR FAVOR!!!!!!!!!

    12 Feb 2008 02:08 #22381 por Cpedgarivan
    TENGO DOS DUDAS CLARAS JAJA SOBRE ESTE IETU

    Artículo 10.

    El pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

    ES TAN CLARA K ME CONFUNDO O ES TAN FINA QUE NO LE ENTIENDO.ISR CAUSADO 3500.00
    ACREDITAMIENTOS DE CAS 500
    \" SUB EMPLEO 500
    COMPENSA ISR AÑO ANTERIOR 2500
    ISR EFECTIVAMENTE PAGADO O DESEMBOLSO REAL $0
    MI ISR K EFECTIVAMENTE PAGUE ES DE 3500 INDEPENDIENTEMENTE DE LA MANERA EN K LO PAGUE O NO. PUES SEGUN COMENTARIOS UNOS FISCALISTAS DICEN K SI OTROS K NO.




    LA ULTIMA PARA ARRENDADORES LOCALES COMERCIALES
    PARA ISR DEDICION CIEGA 35% MA PREDIO.
    PARA IETU CONTRATO DE MANTENIMIENTO POR 50,000.00 MENSUALES Y 25,000 DE OTRO COMO HONORARIOS POR CONSEGUIRNOS CLIENTES JUEGAN O NO PARA IETU?


    SALUDOS Y GRACIAS<br><br>Mensaje editado por: edgarivanp, el: 11/02/2008 21:08

    \"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2008 02:45 #22383 por atperez
    Saludos, edgarivanp.

    Estas acreditando credito al salario.
    Estas acreditando subsidio para el empleo.

    Si en la parte que resaltas especifica que el impuesto sobre la renta cubierto con acreditamientos no se considera efectivamente pagado para efectos de determinar el impuesto sobre la renta propio por acreditar contra el IETU, ¿por que consideras para estos efectos del articulo 10 que el ISR efectivamente pagado es de 3,500.00 y no de 2,500.00? No veo como interpretar lo que resaltas de modo que resulte como dices.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2008 02:55 #22384 por Cpedgarivan
    mi estimado.
    Platicame algo en la anual de isr k consideras como pagado?
    Y SI PEDI LA ACLARACION ES PARA CONOCER LO K PIENSAN LOS DEMAS INCLUYENDOTE CLARO, PUES LOS COMENTARIOS DE DIVIDEN SEGUN CURSOS Y LO K HE LEIDO DE ESPECIALISTAS.
    EN K MOMENTO DIGO K ASI DEBE SER, ACLARO K NO ENTIENDO Y QUE POR ESO PREGUNTO O NO??????????????????????????????????????????????????????
    :angry:

    Mensaje editado por: edgarivanp, el: 11/02/2008 21:56<br><br>Mensaje editado por: edgarivanp, el: 11/02/2008 21:58

    \"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2008 03:13 #22386 por atperez
    Esta bien, pero no te enojes. La cosa es calmada, como decia mi tocayo Clavillazo.

    Particularmente considero que independientemente de cual importe se considera ISR pagado para la declaracion anual del mismo impuesto, en lo que respecta a como acreditar el ISR contra el IETU hay que seguir las reglas que para ello establece la propia Ley del IETU, entre ellas, que el ISR pagado mediante acreditamientos no se considera efectivamente pagado para el efecto de acreditarlo o no contra el IETU. Es como lo percibo, personalmente.

    Saludos.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.179 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 525 invitados y ningún miembro en línea