ahhh..... es un gusto ya contar con este foro......... gracias
respecto a tu comenario andros, el cual fue tratado en el chat....... expongo lo mismo....
si una PM Sa de CV emite cheque en dic del 2006 y este se encuentra en transito ES DEDUCIBLE PARA EFECTOS DE ISR............
y para efectos de iva HASTA EN EL MOMENTO DE SU PAGO O COBRO....
en el chat tambien andross nos comento.... ¿ que pasa si este se cancela, y se emite otro cheque o se paga via transferencia ???...
lo cual se contesto :
si dicho cheque se cancela en los meses posteriores y se paga via transferencia lo unico que se debe de cancelar y reclasificar son meramnete las cuentas de balance, es decir, bancos y ctas por pagar...... y cuentas de resultados quedan de manera intacta, es decir , no DEBERAS DE MOVER TU GASTO DEDUCIBEL, ya que estas pagando LA MISMA DEUDA DEL AÑO ANTERIOR COMO RECLASIFICACION DE CUENTAS BANCARIAS.....
ahora bien si se cancela dicho cheque y este es sustituido por otro cheque. es el mismo caso.... cancelar y reclasificar cuentas de balnce sin afectar resultados..... Y EN ESE MOMENTO ACREDITARAS DICHO IVA....
saludos....