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    deduccion inmediata en pagos provisionales

    29 Mar 2008 18:14 #24982 por alexnl
    Compañeros:
    A ver si alguien por favor me puede apoyar con mas fundamentos para el siguiente caso:
    Tengo la semana que entra cita con auditoria, por una revision de pagos provisionales de isr de 2007, donde aplicamos el beneficio del decreto del 28/11/2006.
    La opinion que hasta ahorita me ha manifestado la autoridad es que ese decreto aplica solamente para el ejercicio de 2006, ya que su articulo segundo transitorio
    se refiere al ejercicio de 2006.

    Mis fundamentos con los que cuento hasta ahora, son:
    1) que de acuerdo con el articulo primero transitorio este decreto no tiene fin de vigencia en 2006.
    2) los mismos considerandos del decreto mencionas que es un beneficio para anticipar el ahorro en pagos provisionales y no esperarse a la declaracion anual, sin mencionar que sea para el ejercicio de 2006.
    3)el articulo primero que menciona el beneficio de la deduccion inmediata dice ejercicio, sin mencionar el ejejrcicio de 2006.
    4)El articulo segundo transitorio, menciona 2006 porque limita a darle efecto al beneficio a partir del pago provisional de octubre de 2006 en adelante, por su publicacion en el mes de noviembre.

    Les agradeceria si alguien tuviera un antecedente o fundamento adicional o experiencia en alguna otra adinistracion fiscal, me lo comentara y asi ayudarme a convencer a la autoridad
    gracias anticipada por su atencion.

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    29 Mar 2008 20:21 #24988 por sosgtorreon
    En esta pagina se publico un articulo que hacia referencia al decreto que mencionas, si bien en aplicacion directa a la reduccion por lo de la PTU... Da click aqui para acceder al mismo

    Revisa lo de la exposicion de motivos, quiza eso te de una idea por donde dirigir a la autoridad...

    Saludos.



    sos al sos .

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    31 Mar 2008 19:52 #25028 por alexnl
    Sosgtorreon:
    En primer lugar gracias por tu atencion,
    leyendo el articulo a que haces referencia, efectivamente les explique los tres primeros parrafos de la exposicion de motivos, que son los anteriores al que menciona el articulo, pero no logro convencerlos.
    Ya le pedi al sindico de la localidad, que me hiciera la consulta,a la que ellos tienen acceso en las administraciones de aisitencia, a ver que me responden.
    Me dieron esta semana para darles mas fundamentos.
    No se si alguien tenga el antecedente de que en otra a dministracion, algun sindico haya hecho la consulta y me la pueda proporcionar.
    mil gracias otra vez por tu atencion y te mantengo informado.
    saludos

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