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    Deduccion de Deuda en Impac

    04 Ene 2007 16:16 #2776 por vank
    Buenos dias

    Tengo una duda, tengo empresa cuyo principal socio es persona moral de Estados Unidos, el cual tiene un establecimiento permanente en Mexico.

    La empresa tiene una cuenta por cobrar al establecimiento permanente, la cual estoy considerando como activo financiero, pero al mismo tiempo, la compañia tiene un pasivo con la matriz de estados unidos, por la compra de activos de otra empresa que la matriz gringa pago por cuenta de la empresa mexicana. La duda es, ¿puedo considerar la cuenta por pagar al socio extranjero como deuda? Es confuso porque el art 5 dice:

    Los contribuyentes podrán deducir del valor del activo en el ejercicio, las deudas contratadas con empresas residentes en el país, con establecimientos permanentes ubicados en México de residentes en el extranjero o en el extranjero, siempre que se trate de deudas no negociables. También podrán deducirse las deudas negociables en tanto no se le notifique al contribuyente la cesión del crédito correspondiente a dichas deudas a favor de una empresa de factoraje financiero, y aun cuando no habiéndosele notificado la cesión el pago de la deuda se efectúe a dicha empresa o a cualquier otra persona no contribuyente de este impuesto.

    Y el RIMPAC en el 14 va mas alla al decir

    Para los efectos del artículo 5o. de la Ley, los contribuyentes podrán deducir del valor del activo en el ejercicio, las deudas contratadas con personas físicas que realicen actividades empresariales o personas morales, siempre que sean contribuyentes de este impuesto.

    En este caso, el socio es sujeto a impac pero por su establecimiento permanente, no en forma directa, pues su activo no esta afecto a Impac mas que por lo que ha traspasado a la sucursal.

    Espero sus comentarios, agradeciendo de antemano su apoyo.

    Saludos.

    CPC. Mike Morales

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    04 Ene 2007 17:00 #2789 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: Deduccion de Deuda en Impac
    te saludo Vank y te comento


    referente a el art 14 del RLIAC ya comentado por ti.....


    en otras palabras, LAS DEUDAS A FAVOR DE PERSONAS QUE A SU VEZ SON CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL ACTIVO SE PUEDEN RESTAR DEL VALOR DEL ACTIVO.....



    saludos :lol:

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    04 Ene 2007 17:23 #2791 por vank
    Respuesta de vank sobre el tema Re: Deduccion de Deuda en Impac
    ¿Eso significa que no?

    Saludos.

    te saludo Vank y te comento


    referente a el art 14 del RLIAC ya comentado por ti.....


    en otras palabras, LAS DEUDAS A FAVOR DE PERSONAS QUE A SU VEZ SON CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO AL ACTIVO SE PUEDEN RESTAR DEL VALOR DEL ACTIVO.....



    saludos :lol:


    CPC. Mike Morales

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    04 Ene 2007 18:11 #2796 por carlos06
    Respuesta de carlos06 sobre el tema Re: Deduccion de Deuda en Impac
    CHECANDO EN LA PAGINA DEL SAT......ENCONTRE LO SIGUIENTE.....

    SALUDOS.........

    2. ¿Se podrá realizar la disminución de las deudas para el año de 2007, a efecto de determinar el valor del activo?

    No, ya que a partir de 2007 la Ley del Impuesto al Activo no permite la disminución de deudas.

    Fundamento Legal: Artículo 5 derogado de la Ley del Impuesto al Activo

    4. Al optar por determinar el impuesto al activo sobre la base del cuarto ejercicio inmediato anterior, ¿se podrán disminuir las deudas de dicho ejercicio?

    No, toda vez que a partir del ejercicio 2007 no se permitirá disminuir las deudas del valor del activo correspondiente al cuarto ejercicio inmediato anterior.

    Fundamento Legal: Artículo 5-A, y artículo séptimo, fracción I, de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo


    5. ¿Las empresas que componen el sistema financiero podrán deducir las deudas para determinar el valor del activo?

    No, derivado de la reforma al artículo 5-B de la Ley del Impuesto al Activo.

    Fundamento Legal: Artículo 5-B de la Ley del Impuesto al Activo


    6. ¿Para calcular los pagos provisionales del ejercicio fiscal 2007, el impuesto actualizado correspondiente al ejercicio inmediato anterior se determinará sobre la base de las disposiciones vigentes para 2006?

    No, ya que no se podrán deducir del valor del activo de dicho ejercicio las deudas correspondientes al mismo ejercicio.

    Fundamento Legal: Fracción II, del artículo séptimo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo


    7. ¿Cómo se determinan los pagos provisionales de los meses de enero y febrero de 2007?

    Se determinan en la cantidad que hubiera correspondido para los pagos provisionales del ejercicio inmediato anterior, de no haberse deducido del valor del activo las deudas del ejercicio que sirvió de base para dichos pagos.

    Fundamento Legal: Fracción II, del artículo séptimo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo

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    04 Ene 2007 18:35 #2798 por vank
    Respuesta de vank sobre el tema Re: Deduccion de Deuda en Impac
    Gracias por la aportacion, aunque mi caso es por 2006, no por 2007.


    Saludos.

    CHECANDO EN LA PAGINA DEL SAT......ENCONTRE LO SIGUIENTE.....

    SALUDOS.........

    2. ¿Se podrá realizar la disminución de las deudas para el año de 2007, a efecto de determinar el valor del activo?

    No, ya que a partir de 2007 la Ley del Impuesto al Activo no permite la disminución de deudas.

    Fundamento Legal: Artículo 5 derogado de la Ley del Impuesto al Activo

    4. Al optar por determinar el impuesto al activo sobre la base del cuarto ejercicio inmediato anterior, ¿se podrán disminuir las deudas de dicho ejercicio?

    No, toda vez que a partir del ejercicio 2007 no se permitirá disminuir las deudas del valor del activo correspondiente al cuarto ejercicio inmediato anterior.

    Fundamento Legal: Artículo 5-A, y artículo séptimo, fracción I, de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo


    5. ¿Las empresas que componen el sistema financiero podrán deducir las deudas para determinar el valor del activo?

    No, derivado de la reforma al artículo 5-B de la Ley del Impuesto al Activo.

    Fundamento Legal: Artículo 5-B de la Ley del Impuesto al Activo


    6. ¿Para calcular los pagos provisionales del ejercicio fiscal 2007, el impuesto actualizado correspondiente al ejercicio inmediato anterior se determinará sobre la base de las disposiciones vigentes para 2006?

    No, ya que no se podrán deducir del valor del activo de dicho ejercicio las deudas correspondientes al mismo ejercicio.

    Fundamento Legal: Fracción II, del artículo séptimo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo


    7. ¿Cómo se determinan los pagos provisionales de los meses de enero y febrero de 2007?

    Se determinan en la cantidad que hubiera correspondido para los pagos provisionales del ejercicio inmediato anterior, de no haberse deducido del valor del activo las deudas del ejercicio que sirvió de base para dichos pagos.

    Fundamento Legal: Fracción II, del artículo séptimo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto al Activo


    CPC. Mike Morales

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    05 Ene 2007 00:08 #2824 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Deduccion de Deuda en Impac
    si el socio es sujeto al pago del IAC no le veo problema....



    saludos

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