Muy bueno el articulo JJ me saca de las dudas que tenia. Entonces Los pequeños contribuyentes pueden hacer uso de la terminal sin que por esto la autoridad considere que es un traspaso entre cuentas y por consigueinte no se saldra del regimen.
Pero me queda una duda de donde sacaste el articulo?
Bueno se que es de nuestro estimado amigo a_cano pero me surge la curiosidad en donde lo escribio?
Saludos
Hola Ramiro
Por supuesto que pueden usar terminales eso no significa que encuadren al supuesto establecido en el segundo párrafo de la fracc. IV del Art. 139 de la LISR.
Y el artículo lo tenia por ahi guardado si no mal recuerdo lo baje de la pagia de Fiscalia y que en alguna ocasion la subio Armando.