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    INFORMACION IMPORTANTE SOBRE LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS

    20 Ene 2007 19:33 #3577 por marioafv
    Declaraciones informativas

    Este 15 de febrero, los contribuyentes están obligados a presentar las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio fiscal de 2006, para lo cual utilizarán el Programa para la Declaración Informativa Múltiple (DIM), salvo en el caso de algunas personas físicas, quienes podrán utilizar la forma oficial 30 y sus anexos.

    En relación con dicho tema, a continuaciones recordamos lo siguiente:

    Informativas que deben presentarse
    Quienes utilizarán el programa DIM y quienes la forma oficial
    Procedimiento para la presentación mediante el programa DIM
    En medios magnéticos o por Internet
    Informativa de clientes y proveedores
    Razones para presentar las informativas en tiempo
    Informativas que deben presentarse

    Las declaraciones informativas que deben presentarse son las siguientes:

    Sueldos
    Crédito al Salario
    Clientes y proveedores
    Donativos otorgados
    IVA retenido
    Retenciones de ISR
    Dividendos pagados
    Préstamos del extranjero
    Retenciones de ISR y pagos a residentes en el extranjero con fuente de riqueza en territorio nacional.
    Empresas integradoras, informativa sobre operaciones realizadas por cuenta de sus integradas.
    Ingresos sujetos a regimenes fiscales preferentes 1
    Adicionalmente deberá presentarse la declaración anual informativa de operaciones realizadas con partes relacionadas residentes en el extranjero, conjuntamente con la declaración anual del impuesto sobre la renta del ejercicio.

    Quienes utilizarán el programa DIM y quienes la forma oficial

    En términos generales, las declaraciones informativas de 2006 deberán presentarse utilizando el programa DIM 2007, excepto los contribuyentes que a continuación se indican, los cuales podrán presentar la declaración en papel, utilizando la forma oficial 30 y sus anexos:

    Personas físicas que presenten hasta cinco registros en cada uno de los anexos de la declaración informativa múltiple, podrán optar por presentar la información en papel, utilizando la forma oficial 30 y sus anexos, siempre que no estén obligadas a presentar sus declaraciones vía Internet, es decir, aquellas cuyos ingresos por actividades empresariales no hubieran excedido de $1’750,000.00 y las que no realicen actividades empresariales con ingresos inferiores a $300,000.00.
    Las personas físicas que haya presentado o presenten en un ejercicio fiscal declaraciones informativas vía Internet o a través de medios magnéticos, no podrán presentar dichas declaraciones mediante la forma oficial 30.

    Pequeños contribuyentes que hayan tenido de 1 a 5 trabajadores, presentarán la información sobre pagos por salarios y crédito al salario, a través del Anexo 1 de la forma oficial 30 y opcionalmente, vía Internet o a través de medios magnéticos.
    En el caso de que hubieran tenido más de 5 personas que les hubieran prestado servicios subordinados, deberán presentar la información mediante el programa para la presentación de la declaración informativa múltiple.

    Procedimiento para la presentación mediante el DIM

    El procedimiento para presentar las declaraciones a través del programa DIM es el siguiente:

    Obtener el Programa DIM 2007, disponible en la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx o solicitándolo en medios magnéticos en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente.
    Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos que correspondan, de acuerdo con las obligaciones fiscales a que esté sujeto.
    Generar el archivo que se presentará vía Internet o a través de medios magnéticos.
    Enviar vía Internet la información o bien presentarla en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente a través de medios magnéticos.
    En medios magnéticos o por Internet

    Las declaraciones informativas mediante el programa DIM deberá enviarse vía Internet o bien en medios magnéticos ante las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, en los siguientes casos:

    Por Internet, cuando hayan sido capturados hasta 500 registros, a través de la Oficina Virtual, en la dirección del SAT www.sat.gob.mx ; una vez enviado el archivo que genera el programa, el SAT enviará el acuse de recibo correspondiente.
    En dispositivos magnéticos, es decir, discos flexibles de 3.5’’, en disco compacto (CD) o en cinta de almacenamiento de datos (DAT); ante las Administración Local de Asistencia al Contribuyente, cuando hayan sido capturados más de 500 registros.
    Informativa de clientes y proveedores

    En relación con la declaración informativa sobre las operaciones con clientes y proveedores efectuadas durante 2006, que debe presentarse a más tardar el 15 de febrero de 2007, los contribuyentes deben presentar dicha información ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente, en cualquiera de las formas siguientes:

    En la forma oficial 42, cuando presenten hasta cinco registros en cualquiera de los anexos de dicha forma.
    A través de medios magnéticos, de conformidad con lo establecido en el Anexo 1, rubro C, numeral 9, inciso a) “Información generada a través del Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos (D.I.M.M.), de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006; cuando la información que se presente corresponda a más de cinco clientes, o bien, más de cinco proveedores. En el caso de personas morales, en todos los casos utilizarán el DIMM.
    La información sobre clientes y proveedores que debe presentarse, será aquella cuyo monto sea igual a superior a $50,000.00.

    Razones para presentar las informativas en tiempo

    Cabe mencionar que la no presentación de las declaraciones informativas en tiempo, podría ocasionar que la autoridad fiscal rechace la deducción de las erogaciones con ellas relacionadas, es decir, podría rechazar la deducción de: i) intereses por préstamos otorgados por residentes en el extranjero; ii) de pagos a residentes en el extranjero con fuente de riqueza en territorio nacional; por citar un par de ejemplos.

    Sobre el particular, hay resoluciones de los tribunales en el sentido de que la obligación de presentar las declaraciones informativas en el plazo que establece la ley no viola los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.

    Le recomendamos presentar las declaraciones informativas en tiempo, evitando riesgos innecesarios.

    1 Declaración que deberá presentarse durante el mes de febrero.


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