Buenas tardes, me surgio una duda respecto ala presentacion de la declaracion que las donatarias autorizadas tienen que presentar a mas tardar el 15 de febrero respecto a los donativos, y es que leyendo el articulo 101 fraccion VI, inciso b), me surgio la duda si la informacion que tengo que presentar son los donativos que yo como donataria autoriza dia a otras donatarias o debo de informar los donativos que me entregaron a mi como donataria autorizada y tambien informar los donativos que yo entregue espero alguna respuesta al respecto.
son dos cosas diferentes: art 101 fracc vi es a los que tu diste donativos
y el art 97 fracc vi es la de los donativos recibidos, no me acuerdo, pero hay por ahi una regla que dice que esta se presenta anual y en el dictamen, algo asi, deja la busco