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    microfilmacion art.30cff

    02 Feb 2007 16:44 #4335 por Nestor Daniel
    Buenos dias

    Quisiera saber a que se refiere eso de la microfilmacion, no enteiendo muy bien eso esta en el art.30cff espero me ayuden

    gracias.

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    02 Feb 2007 18:16 #4353 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: microfilmacion art.30cff
    En correlacion con el 30 de CFF se sugiere ver el 41 de RCFF, pero digamos que de entrada es una opcion para deshacerte de documentacion, brindando la facilidad de microfilmarla... y que el microfilm tenga el mismo valor probatorio...

    Saludos.



    sos al sos .

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    02 Feb 2007 20:58 #4385 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: microfilmacion art.30cff
    El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general,(( es decir por resolucion miscelanea ))) podrá autorizar a los contribuyentes distintos a los mencionados en el párrafo anterior, ((( distintos a empresas que se auditan etc)))el ejercicio de la opción a que se refiere dicho párrafo. Para ello el Servicio de Administración Tributaria determinará la parte de la contabilidad que se podrá grabar o microfilmar, así como los requisitos que se deberán cumplir para tal efecto...


    art 30 cff septimo parrafo....es una facilidad que da la autoridad en referencia para microfilmar, claro, cumpliendo con los requisitos que establezca la autoridad.


    saludos

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    06 Feb 2007 18:28 #4480 por Nestor Daniel
    Respuesta de Nestor Daniel sobre el tema Re: microfilmacion art.30cff
    Ok. Gracias por sus opiniones.

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    06 Feb 2007 19:22 #4487 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: microfilmacion art.30cff
    esto como complemento :.........


    Anteriormente existia esta posibilidad.... unicamente para los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros.......


    Ahora, esta facilidad obedece, entre otros, al hecho de que deberan conservarse la documentacion que acredite el origen y procedencia de las perdidas fiscales que se amortizen. lo cual, puede significar tener que guardar tal documentacion por un periodo de quince años o mas......

    sin embargo, debe tenerse en cuenta que a la fecha, la informacion que puede microfilmarse o grabarse es limitativa, por lo que saguira siendo necesario conservar la documentacion originada de la determinacion de las perdidas fiscales que NO pueden ser materia de microfilmacion o grabacion.......


    saludos :lol:

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