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    Retenciones de Regimen Intermedio?

    28 Sep 2009 11:05 #52808 por chamamg
    Soy Persona Fisica "Regimen Intermedio", le facturo a a una Persona Moral pero esta persona quiere hacerme retenciones de IVA e ISR es legal esto? yo me dedico a la Renta de Maquinaria, Nunca habia tenido ese problema y si es verdad esto como debo de hacer en mi facturacion si no tengo campo para las retenciones?

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    28 Sep 2009 11:36 - 28 Sep 2009 16:28 #52813 por CONTADORCITO
    Buen Dia Chamamg

    Tal vez la Empresa quiera acerte las retenciones por ARRENDAMIENTO ya que tu comentas yo me dedico a la Renta de Maquinaria, para lo cual tendrias que hacer aumento de obligaciones y mandar a realizar tus recibos de arrendamiento. Ya que no veo como quieran hacer la retencion en la Factura, ya que los unicos INTERMEDIOS que les pueden realizar retencion y eso unicamente de IVA son los que trabajan por comision.

    O preuntale a la Empresa que te de el fundamento para realizarte las Retenciones, es mi humilde punto de vista.

    Buen inicio de semana y seguimos en contacto Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    C.P. Alfonso Reyes
    ADGN CONTADORES
    Adjuntos:

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    28 Sep 2009 11:53 #52818 por contadorg
    chamamg:

    La obligación de retención que la Ley de Renta establece a las personas morales que realizan pagos a personas físicas resulta aplicable sólo en caso de que esta última realice actividades relacionadas con:

    Prestación de servicios PROFESIONALES. Artículo 127, último párrafo.

    El otorgamiento de uso o goce temporal de bienes INMUEBLES (Arrendamiento). Artículo 143, penúltimo párrafo.

    En conclusión, por la actividad de arrendamiento de bienes MUEBLES, no se establece la obligación de retención por parte de la persona moral que realiza el pago de la contraprestación.

    En tal caso, solicita al contador del arrendatario que te fundamente el acto que pretenden realizar.

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    28 Sep 2009 12:01 #52821 por contadorg
    Como complemento a mi comentario anterior, el arrendamiento de bienes muebles está considerado como actividad empresarial.

    Artículo 75, fracción I del Código de Comercio en correlación con el artículo 16, fracción I, del Código Fiscal Federal.

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    28 Sep 2009 12:15 #52828 por Alberto FC
    Para que haya lugar a la retención de ISR:

    1.- El arrendador debe ser PF y el arrendatario PM.
    2.- El bien arrendado debe ser inmueble

    (141 y 143 LISR).


    Para que haya lugar a la retención de IVA:

    1.- El arrendador debe ser PF y el arrendatario PM.
    2.- El bien arrendado puede ser mueble o inmueble. Dado que el articulo que norma la retención se refiere a: "usen o gocen temporalmente bienes". Al hablar genericamente de bienes sin distinguir, los particulares no podemos hacerlo.

    ( 1-A Fracción II inciso a) LIVA )

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    28 Sep 2009 12:26 #52829 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Retenciones de Regimen Intermedio?
    Buena tarde:

    En virtud de que el arrendamiento de bienes muebles se trata de una actividad empresarial, únicamente aplica la retención del IVA en términos del artículo 1-A, fracción II, inciso a) de la LIVA, dado que, el acto por su propia naturaleza constituye un acto de comercio, el cual se rige por el Código de Comercio.
    Fundamento legal: Artículo 75, fracción I, del Código de comercio y Artículo 16, Fracción del Código Fiscal de la Federación.

    Por el contrario el arrendamiento de inmuebles, es un acto civil, el cual se rige por las disposiciones del Código Civil, artículos 2398 - 2496, donde se aplica tanto la retención del IVA como de ISR, en los términos de los artículos 1-A, fracción II, inciso a) de la LIVA y Artículo 143, quinto párrafo de la LISR.

    En conclusión, la ley del ISR no contempla retenciones de ISR por el arrendamiento de muebles, solo aplica para inmuebles.

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