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    Pago de recargos con compensacion

    26 Feb 2007 15:00 #5496 por OSVALDO
    Buenos días.

    En enero 2006 se realizo un pago de lo indebido de IVA por 14,000.
    Ese pago se aplicara en septiembre del 2006, que resulto ser saldo a cargo por 9,500.
    Se Calcularon actualización y recargos, estos los puedo pagar con el pago de lo indebido de enero 2006 o los tengo que pagar en efectivo.

    Gracias

    No es más inteligente el que más sabe, sino aquel que quiere saber más.

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    26 Feb 2007 17:01 #5505 por ramiro9
    Respuesta de ramiro9 sobre el tema Re: Pago de recargos con compensacion
    Creo que la clave esta en el articulo 23 del CFF primer parrafo
    Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios

    En este caso que mencionas que es un pago de lo indebido el que quieres compensar, pero segun este articulo el pago de lo indebido no se puede compensar contra impuestos. Mas bien se tiene que solicitar en devolucion.

    Como lo menciona el art 22 del CFF

    Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. En el caso de contribuciones que se hubieran retenido, la devolución se efectuará a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución de que se trate. Tratándose de los impuestos indirectos, la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado; por lo tanto, quien trasladó el impuesto, ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio, no tendrá derecho a solicitar su devolución.

    Esa es mi opinion..

    Saludos

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