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    Cuotas IMSS pagadas por el patron

    09 Mar 2010 09:50 #58660 por ksrobert
    Buenos dias:


    Pido de su ayuda, ya que tenemos la idea de que la empresa pague las cuotas IMSS a cargo del trabajador, aqui la duda surge que tratamiento le damos para hacerlas deducibles, ¿como prevision social? si son como prevision social ¿se toman en cuenta en el tope de los 7 salarios minimos?

    Gracias y saludos

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    09 Mar 2010 10:28 - 09 Mar 2010 10:29 #58663 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Cuotas IMSS pagadas por el patron
    Buen día:

    En relación con el tema, me permito transcribir extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes que deriven de consultas reales y concretas, extraído de la página web del SAT.

    FECHA
    19 - Abril - 2004
    TEMA
    Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)
    SUBTEMA
    Deducciones

    ANTECEDENTES:
    Manifiesta la contribuyente que cubre por cuenta de los trabajadores, las cuotas de seguridad social que le corresponden a éstos. Que de acuerdo con la fracción IX, del artículo 109, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente a partir del ejercicio de 2002, las cuotas mencionadas se establecen como ingreso exento para los trabajadores, además de que en la fracción VIII, del articulo 29 de la misma ley, se permite la deducción de estos pagos para los contribuyentes que los efectúan. Así, considera que al haber disposiciones expresas y particulares que permiten la deducción para el patrón y no acumulación para el trabajador por el pago de las referidas cuotas, a este concepto no le resultan aplicables las condiciones o limitaciones a que se refieren la fracción VI del artículo 109 y la fracción XII del artículo 31, ambas de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que no se está en presencia de un gasto de previsión social.

    CONSIDERANDOS:
    El artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor, señala que están obligadas al pago del impuesto, las personas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en crédito, en servicio o de cualquier tipo, conforme a los términos establecidos en la propia ley, fijándose en el artículo 109 de dicho ordenamiento los ingresos por los que no se pagará el impuesto. El mencionado artículo 109 en su fracción IX, establece la exención de las cuotas de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones. Por otra parte, las sociedades mercantiles en apego a lo dispuesto por el artículo 29 de la ley en comento, podrán entre otras deducciones, efectuar la correspondiente a las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores, de conformidad con lo estipulado en su fracción VIII. Sin ninguna correlación a la exención citada en párrafos anteriores, la fracción VI, del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consigna que tampoco se pagará el impuesto por los ingresos percibidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas, y otras prestaciones de previsión social, de naturaleza análoga, que se concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o por contratos de trabajo. Exención que tratándose de previsión social, deberá estar dentro de los límites previstos en el penúltimo párrafo del propio artículoAsimismo, sin vinculación a la deducción mencionada, el artículo 31, fracción XII de la citada ley, establece que cuando se trate de la deducción de gastos de previsión social, ésta deberá encontrarse requisitada en los términos establecidos en dicha disposición legal.

    RESOLUTIVO:
    En términos de los preceptos legales señalados, es conducente confirmar el criterio que sustenta en el sentido de que la deducción para el patrón por el pago de las cuotas a que se refiere el artículo 29, fracción VIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no le resultan aplicables las condiciones referidas en el articulo 109 la fracción VI y 31, fracción XII de dicha ley. Nota: Esta resolución se emitió conforme a las disposiciones legales vigentes en 2004.

    Énfasis añadido.

    Espero haberte ayudado.

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    09 Mar 2010 11:06 #58665 por ksrobert
    Respuesta de ksrobert sobre el tema Re: Cuotas IMSS pagadas por el patron
    ¿Ayudarme? Practicamente me diste la respuesta a mi problema. Te agradezco infinitamente tu ayuda.


    Saludos.

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    10 Mar 2010 07:31 #58693 por César Saúl Castro Vázquez
    Respuesta de César Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Cuotas IMSS pagadas por el patron
    HOLA: ksrobert.
    Ok pero dichos importes debes considerarlo en el total de percepciones, por lo tanto el efecto fiscal para el tope precisado de los 7 smga va ser lo mismo.

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