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    contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patron

    06 Mar 2007 16:44 #5924 por JULIO
    :roll: En EL dim en la constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario en el anexo 1 pagos del patrón efectuados a sus trabajadores se encuentran los renglones CONTRIBUCIONES A CARGO DEL TRABAJADOR PAGADAS POR EL PATRÓN mi pregunta es la siguiente que repercusiones tiene para el trabajador que el patrón pague el impuesto por el, y que beneficio tiene el patrón.

    Desde mi punto de vista es un ingreso para el trabajador y para mi seria gravable pero en el formato aparece gravado y exento

    De igual forma solicito me proporcionen fundamento legal

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    07 Mar 2007 15:15 #6006 por sosgtorreon
    Veamos... el 109 no le contempla como ingreso exento, por tanto pudieramos concluir que esta gravado y volver a calularle isr por ese extra, y si el patron vuelta a subsidiarlo, vuelta a gravarlo y cuento de nunca acabar...

    Para el patron se convierte en un gasto no deducible, ver 32-I de LISR...

    Saludos.



    sos al sos .

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    07 Mar 2007 18:09 #6028 por Daniel_Gtz
    Hola

    Conviene revisar tambien lo concerniente al IMSS en cuanto a la integracion del SDI. Aqui te dejo un enlace :!:

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    07 Mar 2007 19:09 #6039 por Luikb
    En teoria y como bien lo comentan los impuestos pagados por el patron a cargo de trabajador debieran ser ingresos acumulables para este ultimo.

    Sin embargo por miscelanea fiscal estos no se acumulan al ingreso del trabajador, sin embargo tampoco serian deducibles para la empresa, los unicos que en determinado momento se podrian hacer deducibloes son las COP del trabajador, pagadas por el patron.

    Saludos

    Luis Morales

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    07 Mar 2007 20:04 #6047 por JULIO
    MUCHAS GRACIAS A TODOS POR SU APOYO Y Luikb DE ACUERDO A TU COMENTARIO DE CASUALIDAD Y ABUSANDO DE TU CONFIANZA NO TIENES INFORMACION DE LA FECHA DE PUBLICACION DE LA MISCELANEA PARA HECHARLE UN VISTASO :P

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    07 Mar 2007 23:08 #6071 por Luikb
    Una disculpa Julio, sabes que me equivoque, estoy demasiado apenado.

    Los impuestos a excepcion del IMSS pagados por el patron si son acumulables, el unico impuesto que no se acumula para el trabajador en caso de que sea pagado por el patron, son las cuotas al IMSS.}

    Ademas que de conformidad al Art. 32 -I las CO del IMSS pagadas por el patron si son deducibles para este.

    He alli que respondo a tu respuesta, el el DIM maneja exento y gravado el exento serian las CO al IMSS y el gravado los demas impuestos.

    La vdd una disculpa por la respuesta erronea que di al principio :oops: :oops: :oops:

    Saludos

    Luis Morales

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