Radio Aportaciones:  
--:--  | : 0hs-4hs -
Toggle Bar

    IVA PAGADO NO ACREDITABLE

    28 Jun 2010 16:43 #62100 por VAZQUEZ09
    HOLA A TODOS NUEVAMENTE

    TENGO LA DUDA, A PARTIR DE CUANDO ES OBLIGATORIO ANOTAR O RELACIONAR EN LA DIOT EL IVA PAGADO NO ACREDITABLE ??? Y EN QUE RENGLON DEBERA DE IR ANOTADOR ?? PORQUE NO ENCUENTRO DONDE DEBE DE IR.

    POR SU ASESORIA MIL, GRACIAS


    SALUDOS CORDIALES

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    28 Jun 2010 20:01 #62107 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: IVA PAGADO NO ACREDITABLE
    EL IVA PAGADO NO ACREDITABLE ..............chispas,.............cual es ese ?


    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    28 Jun 2010 20:36 #62111 por joluc
    Respuesta de joluc sobre el tema Re: IVA PAGADO NO ACREDITABLE
    1.- En la DIOT ¿se debe incluir el IVA pagado NO ACREDITABLE?

    Sí. Aunque el llenado del campo de la DIOT “Monto del IVA pagado no acreditable (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” no es obligatorio, se sugiere que en caso de contar con ésta información, sea capturado.

    Fundamento Legal: Regla 5.1.12 y 5.1.13, de la Primera Modificación a la RMF 2007 publicada en DOF el 2 de julio de 2007..
    esta informacion me parece que sigue vigente, si no es asi, que alguien me corrija...

    2.- En el programa de la diot.. hay un apartado que dice:
    MONTO DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE A LA TASA DEL 10 u 11% (tambien depende de la tasa por que tambien esta del 15 o 16% asi como de importaciones) (CORRESPONDIENTE EN LA PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS),

    espero que te sirva esta informacion...
    Saludos!!!!

    “Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
    bello y maravilloso mundo del saber”

    Albert Einstein

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    29 Jun 2010 08:29 #62115 por VAZQUEZ09
    Respuesta de VAZQUEZ09 sobre el tema Re: IVA PAGADO NO ACREDITABLE
    SI GRACIAS ME ES DE MUCHA UTILIDAD , PERO EL DIA 11 DE JUNIO SE PUBLICO LA RESOLUCION MISCELANEA, Y HAY UNA REGLA QUE DICE QUE ES OBLIGATORIO INFORMAR DEL IVA PAGADO NO ACREDITABLE. BUENO LA TRANSCRIBO

    EN LA DIOT SE DEBERA ANOTAR LAS CANTIDADES QUE FUERON TRASLADADAS AL CONTRIBUYENTE, PERO QUE NO REUNEN LOS REUQISITOS PARA SER CONSIDERADO IVA ACREDITABLE, POR NO SER ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES, O BIEN POR NO REUNIR LOS REQUISITOS PARA SER DEDUCIBLES PARA EL ISR (REGLA II.5.2.8)

    ENTONCES TENGO DUDA POR EJEMPLO SI LA EMPRESA SE HICIERON ALGUNOS PAGOS DE GASOLINA EN EFECTIVO, ESA SIEMPRE LA MANDO A NO DEDUCIBLES, PERO ENTONCES CON ESTA REGLA YO DE TODAS FORMAS LA MANDARIA A NO DEDUCIBLES Y EN LA DIOT SOLO COMO DATO INFORMATIVO ANOTARIA EL IVA CORRESPONDIENTE A LA GASOLINA QUE PAGUE ?? Y LO TENDRIA QUE RELACIONAR CON EL PROVEEDOR ?? AGRADEZCO SU ORIENTACION YA QUE ANDO TODA HECHA PELOTAS.

    GRACIAS NUEVAMENTE. AHH OTRA DUDA A QUE SE REFIEREN CON EL IVA QUE DICEN QUE ES EN PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS ??

    GRACIAS

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    29 Jun 2010 10:32 #62118 por joluc
    Respuesta de joluc sobre el tema Re: IVA PAGADO NO ACREDITABLE
    Analizando esa parte..

    Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas morales,
    formato, periodo y medio de presentación
    II.5.5.2. La información a que se refiere la regla I.5.5.3., se deberá presentar a través de la página
    de Internet del SAT mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de
    Operaciones con Terceros”, contenido en el Anexo 1.
    Los contribuyentes que hagan capturas de más de 500 registros, deberán presentar la
    información ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal, en disco compacto (CD), o
    unidad de memoria extraíble (USB), los que serán devueltos al contribuyente después de
    realizar las validaciones respectivas.
    En el campo denominado “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación
    (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” del formato electrónico
    A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” se deberán anotar las
    cantidades que fueron trasladadas al contribuyente, pero que no reúnen los requisitos para
    ser considerado IVA acreditable, por no ser estrictamente indispensables
    , o bien, por no
    reunir los requisitos para ser deducibles para el ISR, de conformidad con el artículo 5,
    fracción I de la Ley del IVA.

    En el campo denominado “proveedor global”, se señalará la información de los proveedores
    que no fueron relacionados en forma individual en los términos de la regla I.5.5.5.
    LIVA 32, RMF 2010 I.5.5.3., I.5.5.5.

    Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas físicas,
    formato, periodo y medio de presentación
    II.5.5.3. Para los efectos de la regla I.5.5.4. la información se presentará a través de la página de
    Internet del SAT, mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de
    Operaciones con Terceros”, contenido en el Anexo 1.
    Los contribuyentes que realicen capturas de más de 500 registros, deberán presentar la
    información ante cualquier ALSC, en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los que
    serán devueltos al contribuyente después de realizar las validaciones respectivas.
    El campo denominado “Monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación
    (correspondiente en la proporción de las deducciones autorizadas)” del formato electrónico
    A-29, no será obligatorio su llenado.
    En el campo denominado “proveedor global”, se deberá señalar la información de los
    proveedores que no fueron relacionados en forma individual en términos de la regla I.5.5.5.
    LIVA 32, LISR 86, 133, RMF 2010 I.5.5.4., I.5.5.5.


    Para las personas morales, si debes señalar los montos del IVA,aunque este no sea acreditable por ser un gasto no deducible, Y SI LO relacionas con el proveedor..
    PROPORCION DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS : se refiere a los gastos que son deducibles en proporcion, como es la adquision de automovil (175,000) si el auto cuesta 200,000 SOLO sera deducible para ISR los 175mil y en IVA solo se acreditara en proporcion a la parte deducible, asi como el consumo en Restaurantes, entre otros..

    Buen Dia!!!

    “Nunca consideres el estudio como una obligación sino como una oportunidad para penetrar en el
    bello y maravilloso mundo del saber”

    Albert Einstein

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    29 Jun 2010 12:01 #62122 por VAZQUEZ09
    Respuesta de VAZQUEZ09 sobre el tema Re: IVA PAGADO NO ACREDITABLE
    MIL GRACIAS POR LA ASESORIA, DE VERDAD QUE HICIERAMOS SIN ESTE FORO .....


    SALUDOS

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.207 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 198 invitados y ningún miembro en línea