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    FIEL (FEA) Y DECLARACION ANUAL

    28 Mar 2007 21:41 #7212 por Ramirez Flores
    HOLA COMPAÑEROS: RECUERDO HABER LEIDO QUE PARA ESTE AÑO LAS PERSONAS FISICAS QUE SOLICITEN DEVOLUCION DE ISR A FAVOR, DEBERAN ENVIAR SU DECLARACION ANUAL CON LA FIEL.

    AYER QUISÉ CORROBORAR ESA INFORMACION EN EL PORTAL DEL SAT, PERO DICE QUE PUEDO PRESENTARLA CON LA CIEC. ¿ALGUIEN SABE DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA FIEL? ¿O LO SOÑE :oops: ?

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    28 Mar 2007 21:55 #7213 por cassal
    Respuesta de cassal sobre el tema Re: FIEL (FEA) Y DECLARACION ANUAL
    No dudes de la autoridad, jeje

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    28 Mar 2007 21:59 #7215 por Betty_Najera
    Hola Ramirez. Ayer fui a un curso del SAT y nos mencionaron que la FIEL seria necesaria para las devoluciones de impuestos automaticas cuando el impuesto objeto de devolucion sea mayor a 25000 para caso de personas fisicas. ¿Fundamento? no nos dieron jeje a si que esperemos a ver que publica el sat en estos dias....

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    28 Mar 2007 22:04 #7217 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: FIEL (FEA) Y DECLARACION ANUAL
    2.2.2. Para los efectos de los artículos 22, 22-A y 23 del CFF, las personas físicas que determinen saldo a favor en su declaración del ejercicio darán a conocer a las autoridades fiscales la opción de que solicitan la devolución o efectúan la compensación del saldo a favor en el ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2006, marcando el recuadro respectivo en las formas oficiales 13 o 13-A o formato electrónico, según corresponda.

    ..............................................................................................................

    Las personas físicas que en los términos del primer párrafo de esta regla, soliciten en su declaración anual devolución de saldo a favor igual o superior a $25,000.00, además de reunir los requisitos que señalan las disposiciones fiscales, deberán presentar la citada declaración utilizando la FEA. Los contribuyentes que no lo hagan así, deberán solicitar la devolución del saldo a favor manifestado en la declaración anual a través de la forma oficial 32 ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal, acompañando el certificado de FEA.

    DECIMA CUARTA RM 2006...


    saludos

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    28 Mar 2007 23:17 #7219 por Ramirez Flores
    AHHHH, MUCHAS GRACIAS, YO SABIA QUE LO HABIA LEIDO PERO NO ME ACORDABA DONDE, ENTONCES LO QUE ME FALTO LEER ES QUE SOLO ES OBLIGATORIO CUANDO EL SALDO SEA MAYOR A 25,000

    GRRRRRACIAS

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