te saludo..... y en forma breve te comento
Sociedades de Produccion Rural
El art 111 de la l ey agraria marca o señala que los productores rurales podran cosntituir este tipo de sociedades ( SPR ) las cuale stendran personalidad juridica, debiendo constituirse con un minimo de 2 socios........
Obligaciones Las de Personalidad ilimitada
son aquellas en que cada uno de sus socios responde por si, de todas las obligaciones sociales d emanera solidaria,
l
as responsabilidad limitada
Son aquellas en que los socios responden de las obligaciones hasta por el monto de sus aportaciones al capital social...
las de responsabilidad suplementada
son aquellas en que los socios, ademas del pago de su aportacion al capital social, responden de todas las obligaciones sociales subsidiariamente, hasta por la cantidad determinada en el pacto social......
derechos de los socios
estos seran transmisibles con el consentimiento de la asamblea, cuando la sociedad tenga obligaciones con alguna institucion financiera se requerira ademas la autorizacion de esta....
Ahora bien , las sociedades de produccion rural constituiran su capital social mediante aportaciones de sus socios, conforma a:
-En las sociedades de responsabilidad ilimitada no se requiere aportacion inicial...
-en las de responsabilidad limitada, la aortacion inicial sera la necesaria para formar un capital minimo equivalentea 700 veces el Salario minimo general del DF...... ( creo que aun sigue vigente tal disposicion )
- en la s de responsabilidad suplementada, la aportacion inicial sera el equivalente a350 veces el salario minimo gral del df.
y la contabilidad de esta sociedad sera llevada por la persona propuesta por la junta de vigilancia y aprobada por la asamble general......
saludos