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Estimados amigos del foro, tengo el siguiente cuestionamiento por hacerles: En el mes de septiembre una empresa obtuvo saldo a favor de IVA que decidio compensarlo contra ISR de octubre y noviembre, el problema fué que no se realizó la declaracion de dicha compensación y mucho menos presentar el formato 41 al SAT.
En este mes de abril apenas se estan haciendo las declaraciones correspondientes, pero no se calcularon la actualizacion y los recargos por el ISR a cargo de oct y nov ya que se tenía el saldo a favor de IVA.
Esto es correcto o se debe calcular forzosamente los accesorios del impuesto?
Gracias de antemano por sus respuestas.
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