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    fundamento del 100% en asimilados

    24 Abr 2007 16:41 #8114 por j_ynes
    Respuesta de j_ynes sobre el tema Re: fundamento del 100% en asimilados
    Gracias, a todos!
    Por su aportacion.

    De hecho, lo que se ha concluido es la interpretacion que le hemos dado;
    en la oficina.

    Me sirvieron la mesa, para comer y para llevar.



    Buen dia!

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    24 Abr 2007 16:51 #8115 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: fundamento del 100% en asimilados
    te saludo y esto como complemento :


    En el caso de salarios No se aplica el subsidio al 100 % sino en un proporcion.... Tratandose de otor tipo de ingresos Si se aplica de manera total.... esto debido a que :

    Debido a que al determinar el impuesto anual deben sumarse las bases de impuesto y apartir de ello sde determian un impuesto anual y un subsidio tambien total... de de donde los parrafos ultimo y poenultimo del art 178 LISR señala que las personas fisicas deberan restar de ese subsidio total una cantidad equivalente al subsidio NO acreditable determinado para salarios y que es señalado por el patron en la constancia de retenciones......

    y cuando se tiene ingresos por salarios, entonces, si debe determinarse el subsidio NO acreditable apartir del calculo del impuesto anual y no debera considerarse el que aparce en la constancia....

    saludos :lol:

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