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    DUDA INVITACION FINANZAS

    30 Abr 2007 18:51 #8444 por ROSA MARIA
    BUENAS TARDES.

    COMO DEBE UNA PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL CALCULAR EL IMPUESTO SOBRE NOMINA. CUANDO PAGA SEMANALMENTE
    SE RECIBIO CARTA INVITACION PARA QUE PAGUE DIFERENCIAS Y NO ENCUENTRO SEGUN YO ESTA TODO BIEN.

    ACERCA DE LAS CUOTAS IMSS DEBE DE DESCONTAR LOS DIAS DE VACACIONES NO ENCUENTRO EN QUE RENGLON SOLO HAY BAJAS INCAPACIDADES Y OTROS (SUA)

    ESPERO DARME A ENTENDER PARA QUE ME PUEDAN AYUDAR.

    GRACIAS POR SU AYUDA Y COMENTARIOS.


    ROSA MA.

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    30 Abr 2007 19:15 #8450 por Atshuru
    Respuesta de Atshuru sobre el tema Re: DUDA INVITACION FINANZAS
    Primero habría que definir la entidad en que te encuentras (o en el que efectuas el calculo), ya que cada entidad grava conceptos que aunque en su mayoría son similares, algunos pueden variar de estado a estado. Algunos gravan los pagos por previsión social, algunos solo una parte, la tasa también puede cambiar desde un 1% hasta 2.5%, o incluso aplicarse varias tasas a distintos niveles de sueldos.

    Espero puedas decirnos la entidad en que pagas el impuesto (local).


    Por otro lado, las cuotas al IMSS no se disminuyen por vacaciones, ya que el trabajador no deja de percibir un sueldo (las vacaciones on pagadas); solo se disminuyen por inasistencias (dependiendo el ramo de aseguramiento), o incapacidades, pero no por vacaciones.

    saludos

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    30 Abr 2007 20:14 #8454 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: DUDA INVITACION FINANZAS

    BUENAS TARDES.

    COMO DEBE UNA PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL CALCULAR EL IMPUESTO SOBRE NOMINA. CUANDO PAGA SEMANALMENTE
    SE RECIBIO CARTA INVITACION PARA QUE PAGUE DIFERENCIAS Y NO ENCUENTRO SEGUN YO ESTA TODO BIEN.

    ACERCA DE LAS CUOTAS IMSS DEBE DE DESCONTAR LOS DIAS DE VACACIONES NO ENCUENTRO EN QUE RENGLON SOLO HAY BAJAS INCAPACIDADES Y OTROS (SUA)

    ESPERO DARME A ENTENDER PARA QUE ME PUEDAN AYUDAR.

    GRACIAS POR SU AYUDA Y COMENTARIOS.


    ROSA MA.


    Hola Rosa

    Las cartas invitaciones que envia cualquier Autoridad de caracter administrativo son actos que no reunen requisitos fiscales para que puedan considerarse validos y puedan trascender en la esfera jurídica del contribuyente, por lo que no tienen trascendencia ni relevancia alguna.

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    SALUDOS

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