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VICENTINO escribió: Antes que nada ofrezco una disculpa por la ausencia
Les agradezco infinitamente sus apuntes... em base al impuesto a favor antes comentado y comprendo el por que del saldo a favor...
en base a lo comentado de las reformas laborales.... es por lo siguiente
1.-En enero que entra la reforma (en dado caso) que la femina no hubiera gosado de las semanas antes del parto... (pudiese tomarlas despues) por dicha reforma?
"se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo"
2.-"En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos
extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado"
3.-"se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma
que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de diez días, con goce de sueldo"
Algun comentario?
Gracias.
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