Un notario puede retener el ISR de una venta de un terreno a una copropiedad, siendo que la actividad de cada copropietario es la venta de terrenos? y en que articulo se fundamenta.
Gracias
Enajenación de bienes inmuebles en copropiedad....
Menciona que este se calcula en lo indivdual, de acuerdo al art. 147 L.I.S.R
Art. 201 R I.S.R
" Enajenación de bienes inmuebles por personas fisicas con actividades empresariales,
no se les hará calculo ni entero por parte de notarios, corredores o fedatarios publicos....
Siempre y cuando no sean pequeños contribuyentes..