Hola alhuien seria tan amable de proporcionarme el calcullo de mas de 2 patrones para la anual de personas fisicas...... de antemano muchisimas gracias..
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El artículo 155-A del Reglamento de la Ley del ISR menciona que los contribuyentes que durante el ejercicio percibieron ingresos de dos o más empleadores, calcularán el subsidio acreditable a que se refiere el artículo 178 de la citada Ley, determinando la siguiente proporción:
Monto de los subsidios acreditables (de todos los patrones)
entre: Suma de los montos de los subsidios acreditables y no acreditables.
igual: Subsidio Acreditable
Si un contribuyente obtiene además de los ingresos por salarios, ingresos de otros capítulos de este titulo por los que se tenga derecho al subsidio, sólo se aplicará para los pagos provisionales de uno de ellos. Así mismo deberán de disminuir del subsidio total que le corresponda, la parte del subsidio no acreditable que por concepto de salarios les haya resultado.