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    Arrendamiento financiero

    09 Oct 2012 11:29 #84516 por Alexgdl
    Buenos dias colegas, un cliente SA Transportista , quiere comprar un vehículo(camioneta) , pero en la agencia le proponen el arrendamiento financiero para que deduzca todo, ademas le dicen que la comisión por apertura también es deducible en su totalidad, mi cliente quiere dar una comisión por apertura mayor , mi pregunta es si seria deducible tanto para ISR como para IETU el total de la comisión por apertura? no importa el monto? no seria sospechoso para el fisco que se diera un comisión mas alta?, les agradezco sus comentarios al respecto , que tengan buen dia

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    09 Oct 2012 11:54 #84518 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema De que los hay, los hay...
    Primero que nada, ¿Tipo de camioneta que se va a adquirir?, conociendo ese dato podemos empezar a dilucidar si es deducible parcial o total... Una camioneta no es deducible en forma parcial o total por la figura mediante la que se adquiere, hay que partir de eso. Si es arrendamiento financiero, compra de contado, arrendamiento puro, es un tanto cuanto irrelevante...

    La comisión por apertura por lo que entiendo es "algo" que la agencia o intermediario en su caso te cobra "extra" para asignarte el crédito, es un porcentaje por lo regular... por lo que no se disminuye del saldo del valor del mueble que compras, si estoy en lo correcto, y por decir algo, voy a toyota y quiero comprar una tacoma, me dicen tu comisión por apertura es de 3,500.00, ni loco les digo que les quiero dar 50,000.00 de comisión... Me paree que vas a tener que abundar en la información para poder ofrecer mejores respuestas.

    Saludos.



    sos al sos .

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    09 Oct 2012 12:06 #84519 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: De que los hay, los hay...
    Hola:
    -Los vendedores ya son fiscalistas, asi un cliente compró una camioneta no "PICK UP" con precio mucho mayor de $ 175,000.00, y llega el vendedor y con mucha seguridad nos dice mira hay una opción muy buena que es ARRENDAMIENTO FINANCIERO y con eso haces deducible todo el importe.
    -Pero bueno asi son.


    SOS:
    Pero si eres muy dadivoso Y ES UNA MUCHACHA MUY BONITA LA VENDDEDORA a lo mejor le das los $ 50,000.00 jejejeje.

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    09 Oct 2012 13:23 #84521 por Alexgdl
    Respuesta de Alexgdl sobre el tema Re: Arrendamiento financiero
    Que tal Sosgtorreon y fiscalista 1 gracias por contestar tan pronto, mira la camioneta es de carga federal, y como dice la colega los vendedores se volvieron fiscalista porque a mi cliente le proponen lo siguiente:
    el pago total de la camioneta es de 290000.00 pero en arrendamiento financiero le ponen a elegir la mensualidad puede ser mas baja si da mas comision por apertura pero a diferencia de lo que uds me dicen el vendedor dice que se concidera dentro del monto del valor del vehiculo, o sea si da 200000.00 de apertura la mensualidad le queda como de 1770.00 y los 200,000.00 los deduce de inmediato , y la otra alternativa es la compra de contado pero pues ahi solo deduce el 25% de ISR y IETU y IVA si deduce todo lo que pague, pues que opinan Uds, se escucha muy atractivo pero sera real? espero sus respuestas......

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    09 Oct 2012 13:57 #84526 por alexnl
    Respuesta de alexnl sobre el tema Re: Arrendamiento financiero
    Tocayo, es muy comun que los vendedores te quieren convencer de que el beneficio fiscal es la deduccion por todo lo que pagues de renta en este tipo de contratos, pero no es asi como lo mencionan los compañeros.
    Checa el articulo 44 y 45 de la ley de isr, y veras que se maneja como una inversion, sujeta a depreciacion.

    A la cual si no se considera automovil, podrias aplicar la deduccion inmediata de inversiones.

    saludos

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    09 Oct 2012 14:09 #84527 por sosgtorreon
    Comentas que es una camioneta de "carga federal", voy a suponer que quieres darnos a entender que es una camioneta pick-up o como luego les identifican, "de caja" y que se va a destinar al transporte de carga a nivel federal... Por lo que la buena noticia es que en ISR no tiene problema de tope en su Monto Original de la Inversión, ciertamente queda condicionada a deducir el porcentaje máximo de ley, a saber un 25% por ejercicio e indexado a los meses completos de uso, pero de que va a deducirse el cien por ciento, es una realidad, sin importar la modalidad y forma de compra.

    Ahora bien, me parece percibir que lo que el brillante asesor esta sugiriendo no es la figura de arrendamiento financiero, si no la de arrendamiento puro, aquí me voy a permitir realizar la invitación para que mediante el buscador interno del foro realizar la consulta de mensajes que en el pasado se han publicado y en los que diversos foristas han externado su opinión de los temas, pero hay que partir de algo muy simple, el arrendamiento financiero te hace propietario del bien sujeto a arrendamiento desde el primer día, por lo que la deducción en materia de ISR es en base al porcentaje máximo de ley, es decir, vuelta a caer en el 25%. En materia de IVA o IETU ni hablar, condicionado al flujo de pagos.

    Por lo que hace referencia a la "comisión" me queda claro que tal y como la planteas no es una comisión si no un "enganche", mismo que para IETU e IVA juega, deduce y acredita, en ISR irrelevante dado que si se adquiere, no hay truco, es deducible vía porcentaje de ley. Puede uno escribir y escribir, pero prefiero no hacerlo hasta que nos comparta el resultado de su busqueda, lectura y ánalisis de los mensajes que se han publicado anteriormente en este foro sobre el arrendamiento puro, que reitero es lo que le ofrecen al cliente, pero que el asesor de ventas esta confundiendo con el arrendamiento financiero.

    El arrendamiento financiero te da la categoría de propietario desde el inicio, en contabilidad se esta obligado a reconocer la adquisición del activo fijo. El arrendamiento puro no, por ello vas deduciendo lo que pagas de renta... no me pronuncio ni a favor ni en contra de ni uno, solo dejar en claro que son figuras distintas la una de la otra, por tanto, a buscar, leer y concluir, una vez que expongas tus conclusiones o dudas adicionales, con gusto retomamos nuestro turno en el teclado.

    Pdta.- Fiscalista1, a lo mejor y hasta más de 50,000.00 le daba a la vendedora, pero que si se entera mi domadora a mi me dan lo menos cien mil garrotazos...

    Saludos.



    sos al sos .

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