La respuesta a la solicitud que realizas es sumamente compleja, incluso puede decirse que es parte de las proyecciones fiscales, asesorias o planeaciones que cada quien realiza o implementa para con los clientes. No hay recetas universales, algo que sirva para todos, debe revisarse cada caso en prticular, ya que lo que a mi sirve puede no serle de utilidad a otros, en matería fiscal es similar a la medicina, hay enfermos, no enfermedades, una aspirina no cura todo.
Tú ya apuntas algo que pueda ser de aplicación universal, la compra de activo fijo, pero en este evento vale la pena analizar y determinar la necesidad y utilidad del activo a adquirir, un empresario no invierte en activos solo por novedad, si no por satisfacer necesidades, adicional a que el activo fijo debe ser visto como "Capacidad Instalada", misma que debe servir para incrementar las posibilidades de trabajo, sirve si comprar activo fijo de contado para eliminar el IETU, pero no es el único antecedente que debe sopesarse para su compra.
En relación a las compras a crédito comentar que no inciden en nada para efectos de IETU, pues debes partir de la premisa que ese impopular impuesto se determina en base a lo que algunos dan en llamar flujo de efectivo, es decir, sobre ingresos cobrados y deducciones pagadas.
Debes revisar cada caso en particular para determinar que es lo mejor para cada uno, reitero, puede que algunas cosas sirvan a varios o a cualquiera, pero debe revisarse si puede o no ser implementada, incluso lo primero es partir de conocer la carga actual en base a su realidad, luego revisar si se esta impactando en la determinación del impuesto todo lo que debe impactarse.