Buen dia a todos los foristas
Espero me puedan compartir sus experiencias u opiniones al respecto...
Se dio de alta una inmobiliaria, la cual adquiere un inmueble con objeto de rentarselo a la empresa "X" (son partes relacionadas), pero es necesario derribar la construccion y volver a edificar para efectos de que el inmueble sea funcional para la empresa "X", por lo que me surgen las siguientes dudas....
Al derribar la construccion, el edificio seria deducible para la empresa inmobiliaria, toda vez que deja de ser "util" al desaparecerla...?
Es posible que la empresa "X" sea la que absorba todos los gastos de la construccion nueva? Registrandolo en la empresa "X" como Mejoras a inmuebles arrendados e incluyendo esto en el clausulado del contrato de renta...
Si la empresa "X" deja de rentar a la inmobiliaria (antes de terminar de amortizar las mejoras), seria deducible el saldo pendiente de amortizar para la empresa "X" ? La inmobiliaria debe considerar como ingreso acumulable la construccion que le queda en base a la valuacion de catastro???
Les agradezco su apoyo de antemano