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    ¿Mis Deducciones a nombre de mi hermano?

    01 Nov 2012 11:46 #85194 por calpixqui
    Buen día

    Voy a llevar la contabilidad de una PF (Toño) del Reg. de actividades empresariales y profesionales que se dedica al transporte público federal de carga, inició operaciones en junio de este año. Para llevar a cabo su actividad se hizo de un camión a través de arrendamiento financiero, PERO el contrato se hizo a nombre de su hermano (Pepe), el cual se dedica a la misma actividad, ya que Pepe tiene 25 años en el ramo y anteriormente a adquirido camiones con la misma compañía financiera, por lo que para Toño era muy difícil que le otorgaran un financiamiento para adquirir su unidad de carga. Las facturas que emite la financiera por cada parcialidad (renta periódica mas gastos adicionales) están a nombre de Pepe, PERO las paga Toño y también los fletes que lleva a cabo Toño a las empresas a las cuales les presta el servicio son facturados con las facturas (valga la redundancia) que están a nombre de Pepe (son empresas con las cuales ya lleva muchos años trabajando y que NO muy fácilmente le dan el trabajo de flete a cualquier empresa de transporte, ya que de mínimo piden que tengan 5 unidades y que estas no tengan una antigüedad mayor de 4 años), por ende también los depósitos son efectuados en la cuenta bancaria fiscal de Pepe.
    Toño al realizar los viajes solicita comprobantes fiscales a su nombre: consumos, combustible, talachas, hospedaje, facturas de peaje, refacciones, etc. Cuando le depositan a Pepe, Toño le emite una factura a Pepe por el mismo monto, servicio y con el IVA retenido y trasladado desglosados, y Pepe le hace un cheque o le deposita a su cuenta de Toño por dicho monto total. P´a pronto: Pepe sale tablas y Toño obtiene su lanita por el servicio de transporte otorgado. A la compañía de arrendamiento financiero se le propuso que se cambiara el contrato a nombre de Toño (que sería lo correcto), pero esta argumento que no era posible (desconozco el motivo), que el contrato seguiría a nombre de Pepe y por tal motivo las facturas de pago de las rentas periódicas seguirían siendo emitidas a nombre de Pepe y al término del contrato (se va a adquirir la unidad) la factura del camión estaría expedida a nombre del buen Pepe. Como se darán cuenta el que sale beneficiado fiscalmente hablando es Pepe y NO Toño. Menudo enredo. :blink:

    Mis estimados(as) colegas, ahí les van mis dudas (francamente NUNCA me había topado con un caso como este):

    ¿De qué manera se le puede hacer para que el camión se enajene a Toño? Para que este quede debidamente registrado en su contabilidad como un activo y por consecuencia todos los gastos erogados del camión (mantenimiento, mano de obra del mecánico, refacciones, etc.) sean deducibles para Toño.

    ¿O hay que esperar al término del contrato de arrendamiento financiero y que Pepe se lo “enajene” a su carnalito Toño?
    Cuando Toño le expide una factura a Pepe por el mismo servicio y monto ¿Fiscalmente es correcto?

    Por ejemplo:

    Pepe expide la factura de la siguiente forma:

    ORIGEN: PUEBLA, PUEBLA DESTINO: LOS MOCHIS, SINALOA
    REMITENTE: LA EMPRESOTA DESTINATARIO: GRUPO AGROPECUARIO “X”
    RFC: LEM010289XXX RFC: GAG980598QQQ
    DOMICILIO: CALLE TAL, COLONIA IGUAL DOMICILIO: CALLE DEL ENREDO, COLONIA FISCAL
    SE RECOGERA: MISMO SE ENTREGARA: MISMO
    CUOTA POR TONELADA: $1,220.00

    NUMERO CONCEPTO: PESO IMPORTES

    1 FLETE DE CEBOLLA 35,520 KG. FLETE 43,334.40
    IVA 16% 6,933.50
    SUBTOTAL 50,267.90
    RETENCION IVA 4% 1,733.37
    TOTAL 48,534.53
    Y Toño le expide la factura a Pepe de la siguiente forma:

    ORIGEN: TEXCOCO, EDOMEX DESTINO: LOS MOCHIS, SINALOA
    REMITENTE: PEPE SUERTUDO DESTINATARIO: GRUPO AGROPECUARIO “X”
    RFC: SUPE601102QWE RFC: GAG980598QQQ
    DOMICILIO: CALLE NEZA, COLONIA LA BARBACOA DOMICILIO: CALLE DEL ENREDO, COLONIA FISCAL
    SE RECOGERA: MISMO SE ENTREGARA: MISMO
    CUOTA POR TONELADA: $1,220.00

    NUMERO CONCEPTO: PESO IMPORTES

    1 FLETE DE CEBOLLA 35,520 KG. FLETE 43,334.40
    IVA 16% 6,933.50
    SUBTOTAL 50,267.90
    RETENCION IVA 4% 1,733.37
    TOTAL 48,534.53
    ¿Fiscalmente es correcto esto?

    ¿O se tiene que llenar la factura de forma distinta?

    Como se darán cuenta Pepe es quien lleva mucho tiempo trabajando en el ramo del transporte de carga, por tal motivo esta muy bien relacionado con los clientes, proveedores, compañías de arrendamiento financiero, agencias de camiones, bancos, etc. Aquí de lo que se trato de hacer es que Pepe le quizo ayudar a su hermano menor para que “chambera” en lo del transporte, actividad que no desconoce, pero por “todos los movimientos” que realizaron, le complican a un servidor el tratar de cumplir con mi chamba. :(

    Estimados(as) y muy ponderados(as) colegas ¿Ustedes como le harias para destrabar este trabuco?

    Por sus siempre atinadas, oportunas y sabias sugerencias, LES AGRADEZCO 1 MILLON DE VECES.

    Saludos:

    Nota: ¿Me dan para mi calaverita? ;)

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    01 Nov 2012 17:19 #85206 por calpixqui
    Buena tarde

    Checando lo que comente anteriormente me doy cuenta que Toño al facturarle a su hermano Pepe NO debe de ser sujeto de retencion de IVA, ya que el servicio de autotransporte es entre personas fisicas, fundamento Articulo 1-A LIVA, por lo que, en caso de que este acto entre las dos partes fuese posilble fiscalmete hablando, la factura que le emite Toño a Pepe quedaria asi:

    ORIGEN: TEXCOCO, EDOMEX DESTINO: LOS MOCHIS, SINALOA
    REMITENTE: PEPE SUERTUDO DESTINATARIO: GRUPO AGROPECUARIO “X”
    RFC: SUPE601102QWE RFC: GAG980598QQQ
    DOMICILIO: CALLE NEZA, COLONIA LA BARBACOA DOMICILIO: CALLE DEL ENREDO, COLONIA FISCAL
    SE RECOGERA: MISMO SE ENTREGARA: MISMO
    CUOTA POR TONELADA: $1,177.931024

    NUMERO CONCEPTO: PESO IMPORTES

    1 FLETE DE CEBOLLA 35,520 KG. FLETE 41,840.11
    IVA 16% 6,694.42
    SUBTOTAL 0
    RETENCION IVA 4% 0
    TOTAL 48,534.53

    Saludos

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    06 Nov 2012 12:56 #85284 por CP_ABB
    Esta bueno el torito,, yo lo que haria, es que pepe le rente el camion a toño, a traves de un contrato de arrendamiento puro, y al final del contrato de arrendto finaicero, si es que pepe compra el equipo, pues que se lo vendan a toño y asi pepe se llevara una participacion en la enajenacion del equipo, acuerdate que al termino del arrdto financi, tienes la opcion de comprarlo, rentar otor o vender a un tercero, que este seria el caso.

    Y si toño quiere otro, pues creo que despues de 4 años que duro el contrato de pepe( porque supongo es contrato a 4 años), podra toño "hacerce de sus cositas", como dicen en mi pueblo.

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