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    PREGUNTA SENCILLA DE PRESTACION DE SERVICIOS

    04 May 2007 01:29 #8580 por CPPANTHER
    A LO MEJOR HASTA ME QUEMO PERO ME PREGUNTARON ASI OTRO CONTADOR, ME DIJO SOY CONTADOR QUE PRESTA SERVICIOS A UNA SOCIEDAD AGRICOLA (PERSONA MORAL REGIMEN SIMPLIFICADO) AL MOMENTO DE HACER MIS RECIBOS DE HONORARIOS ¿LES COBRO IVA Y ME DEBEN HACER RETENCION?, MI RESPUESTA FUE SI Y LE DIJE QUE LO QUE GRAVABA SON SUS SERVICIOS Y POR LO TANTO LE DIJE QUE SI (NO ES EL PRIMO DE UN AMIGO TIPICO ME LO PREGUNTARON) ME INTERESA SU OPNINION.
    UN SALUDO PARA TODOS

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    04 May 2007 05:50 #8581 por Robcast
    Respuesta de Robcast sobre el tema y CUAL
    Bien....pero..¿¿¿Cual es la duda o el planteamiento???

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    04 May 2007 05:56 #8582 por CPPANTHER
    Respuesta de CPPANTHER sobre el tema SI MIRA
    EL PLANTEAMIENTO ES QUE EL ME DECIA QUE NO SE LE TENIA QUE EFECTUAR LA RETENCION POR QUE ES PERSONA MORAL DEDICADA A LA AGRICULTURA A LO QUE CONTESTE QUE LO QUE ESTA RIGIENDO AHI ERAN SUS SERVICIOS Y NO LA ACTIVIDAD DEL CLIENTE.
    UN SALUDO PARA TODOS

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    04 May 2007 06:20 #8584 por atperez
    Saludos.

    Pues que proporcione los fundamentos con los que respalde su dicho.

    Si se trata de una Persona Moral del Regimen Simplificado, Persona Moral al fin y al cabo, y el servicio personal independiente prestado por la persona fisica es objeto de IVA, dicha persona moral esta obligada a retener el IVA conforme al Art. 1-A fr. II inciso a) de la Ley correspondiente. (Y para el ISR, pues el 127 ultimo parrafo :D )

    No veo ni en las leyes, reglamentos, Resoluciones (Miscelanea Fiscal, de Facilidades Administrativas) u otro ordenamiento que se les de la facilidad de no efectuar la retencion.

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    04 May 2007 15:07 #8585 por Robcast
    Respuesta de Robcast sobre el tema De acuerdo

    Saludos.

    Pues que proporcione los fundamentos con los que respalde su dicho.

    Si se trata de una Persona Moral del Regimen Simplificado, Persona Moral al fin y al cabo, y el servicio personal independiente prestado por la persona fisica es objeto de IVA, dicha persona moral esta obligada a retener el IVA conforme al Art. 1-A fr. II inciso a) de la Ley correspondiente. (Y para el ISR, pues el 127 ultimo parrafo :D )

    No veo ni en las leyes, reglamentos, Resoluciones (Miscelanea Fiscal, de Facilidades Administrativas) u otro ordenamiento que se les de la facilidad de no efectuar la retencion.


    Estoy de acuerdo con esta respuesta. Ademas, deberà entregar las constancias de dichas retenciones y presentar, en su momento, las declaraciones informativas correspondientes.

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    04 May 2007 15:32 #8586 por CPHugoocejo

    A LO MEJOR HASTA ME QUEMO PERO ME PREGUNTARON ASI OTRO CONTADOR, ME DIJO SOY CONTADOR QUE PRESTA SERVICIOS A UNA SOCIEDAD AGRICOLA (PERSONA MORAL REGIMEN SIMPLIFICADO) AL MOMENTO DE HACER MIS RECIBOS DE HONORARIOS ¿LES COBRO IVA Y ME DEBEN HACER RETENCION?, MI RESPUESTA FUE SI Y LE DIJE QUE LO QUE GRAVABA SON SUS SERVICIOS Y POR LO TANTO LE DIJE QUE SI (NO ES EL PRIMO DE UN AMIGO TIPICO ME LO PREGUNTARON) ME INTERESA SU OPNINION.
    UN SALUDO PARA TODOS




    en mi opinion se le aplica tanto el IVA, asi como la retencion de IVA...



    Artículo 1-A.LIVA... Están obligados a efectuar la retención
    del impuesto que se les traslade
    , los contribuyentes que
    se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

    II. Sean Personas Morales que:
    a) Reciban servicios personales independientes
    ,
    o usen o gocen temporalmente bienes, prestados
    u otorgados por Personas Físicas, respectivamente.


    La fracción comienza estableciendo que todas
    las Personas Morales tendrán la obligación de
    retener el IVA cuando reciban la prestación de
    servicios personales independientes
    o el
    otorgamiento del uso o goce temporal de bienes,
    ambos de Personas Físicas.

    Esta fracción trata de
    minimizar el impacto por las operaciones que
    causan IVA y que representan el riesgo de que
    dicho impuesto no sea enterado debido a que el
    contribuyente que en primera instancia debería
    enterar el impuesto es el prestador del servicio o el
    otorgador del uso o goce temporal de bienes; sin
    embargo, como muchas Personas Físicas ocupaban
    el IVA originado en la operación para financiarse,
    es decir, no lo enteraban; se determinó que las
    Personas Morales realicen la función de
    recaudación y entero, función que inicialmente
    corresponde al fisco.

    Es necesario puntualizar que la fracción es muy
    clara al establecer que los obligados a retener son
    todas las Personas Morales que se ubiquen en los
    supuestos mencionados, por lo que si una Persona
    Moral no contribuyente, ya sea para efectos de IVA
    o de ISR, se ubica en estos supuestos estará obligada
    a retener este impuesto y enterarlo, no importando
    su calidad de no contribuyente.


    saludos

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