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    Re: inscripcion a los trabajadores en el RFC

    17 Ene 2013 19:57 #86537 por MISTICO
    LA CRUZ DE CRISTO

    Pequeña Lulú

    En ningún ordenamiento podrá usted encontrar la afirmación siguiente:


    YA NO EXISTE FACILIDAD EN RMF 2013 PARA CUMPLIMIENTO DEL EJERICIO 2012

    Por supuesto que existe una razón para que la autoridad modificara la redacción del primer párrafo de la regla del libro primero 2.4.6. Además de no hacer LA ACLARACION el 28 de Diciembre del 2012 como la hizo el 28 de Diciembre del 2011

    Por otro lado el numeral 31-V es claro al señalar el requisito de deducibilidad por pago de salarios veamos:

    Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

    V. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley ………………………………….

    Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que se cumpla con las obligaciones a que se refiere el artículo 118, fracciones I, II y VI de la misma, así como las disposiciones que, en su caso, regulen el subsidio para el empleo y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social.
    Párrafo reformado DOF 01-12-2004, 26-12-2005, 01-10-2007


    Lo anterior significa que si usted pretender hacer valida la deducibilidad por pago de salarios deberá EFECTUAR LAS RETENCIONES DE ISR,CALCULAR EL IMPUESTO ANUAL DE LOS TRABAJADORES HACER LA INSCRIPCION EN EL RFC DE SUS SUBORDINADOS Y CUMPLIR CON LOS DEMAS REQUISITOS QUE SE CITAN EN EL NUMERAL DE REFERENCIA.


    Espero su opinión y razonamiento si usted gusta por supuesto recuerde que el participar en este o cualquier otro foro NO NOS OBLIGA A NADA
    El siguiente usuario dijo gracias: are

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    17 Ene 2013 21:55 #86538 por LOBOZAC
    Si, es obvio no existe en ningún ordenamiento ES UNA AFIRMACIÓN PROPIA !!!!!!!!!! Jajaja ahora al que le da risa es a mi.... Jojojo

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    17 Ene 2013 22:05 #86539 por LOBOZAC
    Pero bueno, va de nuez. ", HOLA A TODOS BUEN DIA!1 ESTOY POR INICIAR LAS INFORMATIVAS DE SALARIOS DE UNA EMPRESA, LA CUAL NO SOLICITO LOS RFC DE LOS TRABAJAROS A LO CUAL SE Q ES SU OBLIGACION, PERO BUSCANDO EN LA PAGINA DEL SAT ENCONTRE QUE:"


    Esta es la duda !!!!


    El asunto Lulu , es que sí DEBES INSCRIBIR A LOS TRABAJADORES Y ASÍ CONTAR CON LOS RFC' S, el hecho de que no cuentes con ellos te impedirá cumplir con la declaración de manera adecuada, precisamente de tu obligación generada en 2012, ... A cumplir en 2013

    AFIRMO Y REAFIRMO, EN RMF YA NO EXISTE ESA FACILIDAD........AHH POR CIERTO, ESTA AFIRMACIÓN NO LA VAS A ENCONTRAR EN NINGÚN ORDENAMIENTO ........... Es mía !!!!!!! Jojojo

    No mas comentarios LULU, ESPERO TE SIRVA LA INFORMACIÓN Y FORMES TU PROPIO CRITERIO...a menos que desees más opiniones de tu servidor, sino es así, te agradezco por leerme y hasta pronto

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    19 Ene 2013 11:01 #86569 por CPHugoocejo
    Lulú

    -Revisa el anexo 1-A publicado en el DOF el 29-Dic-12 y cumple con los parámetros establecidos.
    -Por otra parte en la pagina del SAT , en la parte de abajo menciona..." La información publicada en este portal no crea derechos ni establece obligaciones distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes"
    - Por ende, lo que comentas no aplica y debes cumplir con lo que señala dicho anexo.


    saludos

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    19 Ene 2013 11:53 #86574 por felipe_casa
    Hola Lulu, sabes creo que algunas personas tenemos las mismas dudas que tu y gracias a los colegas que muy amablemente contestan pues nos ayudan a resover estas.

    solo para complementar un poco, cheque la pagina del sat y me encontre la ultima modificacion.

    Inscripción al RFC de trabajadores

    ¿Quiénes lo presentan?
    Personas físicas y personas morales en su carácter de empleador o patrón
    que realicen la inscripción de 5 o más trabajadores.
    ¿Dónde se presenta?
    En la página de Internet del SAT o en las salas de Internet de cualquier ALSC,
    se atiende preferentemente con cita.
    ¿Qué documentos se obtienen?
    Comprobante de envío de la solicitud con número de folio.
    ¿Cuándo se presenta?
    Cuando se dé, el supuesto.
    Requisitos
    Compromisos de servicio
    Internet:

    Disponibilidad permanente.
    Emisión inmediata del comprobante electrónico.
    Horario: 24 horas de los 365 días del año.
    Pasos a seguir para realizar el trámite

    INTERNET:

    1. Ingrese a la página del SAT, sección "Mi Portal".
    2. Seleccione la opción Cambios de Situación Fiscal y capture su RFC y CIECF.
    3. Llene el formulario electrónico y obtenga acuse electrónico de la actualización.
    4. Espere respuesta a través del medio que le proporciono al SAT.

    Disposiciones jurídicas aplicables
    Artículo 27 quinto párrafo del CFF, Reglas I.2.4.6., II.2.3.1 de la RMF


    última modificación :
    09/enero/2013, 12:31, información vigente.

    www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacio...tro_t/101_19864.html

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    22 Ene 2013 17:36 - 22 Ene 2013 17:39 #86653 por sartre
    Buenas tardes.
    y que repercusiones traeria inscribir a los trabajadores en esta fecha de forma retroactiva, es decir, realmente ingresaron en feb 2012 pero nunca se dieron de alta en esa fecha, se podra dar de alta en enero 2013 con fecha de febrero 2012 .

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