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    Alguien me puede ayudar plisss?????

    07 May 2007 20:22 #8678 por rdavidcg
    Compañeros en esta ocasion acudo a uds esperando y me puedan ayudar con esto:
    Durante los periodos navideños (es decir cerca de 3 o 4 años atras) la PROFECO de mty visito a un contribuyente y en esas visitas le detectaron que tiene omisiones en cuanto a una norma relativa al etiquetado de la manufactura del calzado que vende (nunca se ha corregido esa omision hasta este diciembre de 2006) el contribuyente me comenta que le llegaron avisos de parte de profeco y que nunca los desahogo y como ya "segun el" no le daban seguimiento de parte de PROFECO penso que no tendria problemas y resulta que hace unos 3 dias recibio las multas (emitidas por PROFECO) con actualizaciones y recargos de parte de la TESORERIA DE NL (tesoreria funge como el intermediario para el cobro) y la verdad ascienden a un valor considerable y pues el contribuyente tiene el pendiente de que le pueden efectuar algun embargo de hecho tengo poco con el contribuyente y realmente NO SE como corregir o atenuar este monto a pagar por eso compañeros acudo a uds para ver si me podrian ayudar si algun compañero ya paso por esto y como dio salida a estas multas no se con algun escrito a quien se dirigio o cualquier ayuda que me puedan ofrecer es bienvenida
    desde ya agradezco sus comentarios
    saludos!!!!!

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    07 May 2007 21:41 #8687 por vank
    Respuesta de vank sobre el tema Re: Alguien me puede ayudar plisss?????
    Primero hay que ver el fundamento de esas multas, pero como tu mismo dices, este señor no contesto los requerimientos asi que las tiene bien ganadas.

    El asunto es que cuando tenemos la culpa de algo debemos recibir una sancion, ademas, esto creo que escapa de tus responsabilidades como contador... eso ya es cuestion del negocio, de la administracion, cosa del dueño de la empresa...

    Compañeros en esta ocasion acudo a uds esperando y me puedan ayudar con esto:
    Durante los periodos navideños (es decir cerca de 3 o 4 años atras) la PROFECO de mty visito a un contribuyente y en esas visitas le detectaron que tiene omisiones en cuanto a una norma relativa al etiquetado de la manufactura del calzado que vende (nunca se ha corregido esa omision hasta este diciembre de 2006) el contribuyente me comenta que le llegaron avisos de parte de profeco y que nunca los desahogo y como ya "segun el" no le daban seguimiento de parte de PROFECO penso que no tendria problemas y resulta que hace unos 3 dias recibio las multas (emitidas por PROFECO) con actualizaciones y recargos de parte de la TESORERIA DE NL (tesoreria funge como el intermediario para el cobro) y la verdad ascienden a un valor considerable y pues el contribuyente tiene el pendiente de que le pueden efectuar algun embargo de hecho tengo poco con el contribuyente y realmente NO SE como corregir o atenuar este monto a pagar por eso compañeros acudo a uds para ver si me podrian ayudar si algun compañero ya paso por esto y como dio salida a estas multas no se con algun escrito a quien se dirigio o cualquier ayuda que me puedan ofrecer es bienvenida
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    CPC. Mike Morales

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    07 May 2007 21:53 #8688 por CPHugoocejo

    Compañeros en esta ocasion acudo a uds esperando y me puedan ayudar con esto:
    Durante los periodos navideños (es decir cerca de 3 o 4 años atras) la PROFECO de mty visito a un contribuyente y en esas visitas le detectaron que tiene omisiones en cuanto a una norma relativa al etiquetado de la manufactura del calzado que vende (nunca se ha corregido esa omision hasta este diciembre de 2006) (((( en primer lugar no se dio dar seguimiento en su tiempo a los avisos por parte de la profeco, en mi opinion uno como contador debe estar al tanto de no solo las cuestiones puramente laborales-contables-fiscales, sino en todas las areas en que se vea una entidad, pero bueno, eso ya es otro tema, lo que nos añade es que de entrada son acredores de multas que en este caso imponga la PROFECO...desconozco cuanto sea el importe, pero sugiero veas a un abogado si tu postura es pelear las multas o pagarlas...tu decides))))))))))))el contribuyente me comenta que le llegaron avisos de parte de profeco y que nunca los desahogo y como ya "segun el" no le daban seguimiento de parte de PROFECO penso que no tendria problemas y resulta que hace unos 3 dias recibio las multas (emitidas por PROFECO) con actualizaciones y recargos de parte de la TESORERIA DE NL (tesoreria funge como el intermediario para el cobro) y la verdad ascienden a un valor considerable y pues el contribuyente tiene el pendiente de que le pueden efectuar algun embargo de hecho tengo poco con el contribuyente y realmente NO SE como corregir o atenuar este monto a pagar por eso compañeros acudo a uds para ver si me podrian ayudar si algun compañero ya paso por esto y como dio salida a estas multas no se con algun escrito a quien se dirigio o cualquier ayuda que me puedan ofrecer es bienvenida
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    saludos

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    08 May 2007 01:32 #8698 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: Alguien me puede ayudar plisss?????
    te saludo rdavidcg....


    en lo particular, NO es tan cruda y vaga la realidad como te menciona vank. ( si quieres ahorcate, le falto comentar ).... te aconsejo acudir a la profeco y ellos como institucion de buena fe ( asi esta creada o conformada estas instituciones ) te daran solucion , claro !!! no al 100 % favorable y asi tu mismo aprenderas de estas instituciones preguntando dichos art, donde se puede adquirir, etc, etc......


    saludos :lol:

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    08 May 2007 15:09 #8712 por sosgtorreon
    Me parece que al mensaje expuesto podemos darle varias lecturas, veamos algunas;

    Conocer la postura actual del contribuyente multado, es decir, saber si esta dispuesto a asumir las consecuencias de sus actos y resignado a pagar las multa a que se hizo acreedor. Si existe dicha disposicion la labor del contador sera acudir a la instancias correspondientes, indagar sobre la posibilidades de reduccion del pago, facilidades para el mismo, plazos y formas... en este punto el contador incrementa su acervo cultural al conocer del tema...

    Pero si la postura del contribuyente es la de por todos los medios quitarse la multa de encima o pagar lo menos posible (frase muy comun en casos como este), la labor del contador debera consistir en canalizarlo con un abogado especialista de confianza en el tema de defensa fiscal para su debida y correcta atencion... aqui el contador debe iniciar por reconcer que existen multiples temas en el mundo empresarial y de negocios que escapan al campo de accion del contador y que en nada nos demerita el reconocer limitantes a nuestras acciones y funciones, lo que evitara en lo futuro seamos vistos como un todologo y que emproblememos mas al cliente por tratar de ayudarlo...

    Dicho en otras palabras, una cosa es tener nociones de defensa y otra intentar llevar a cabo la defensa, debemos ser concientes de en que momento hacernos a un lado para dar paso a especialistas calificados, no confundir el afan de servir con el no saber de decir NO...

    La sancion puede haber sido debidamente impuesta, pudo haber sido ilegal, ello le tocara evaluarlo al especialista del tema... pagar la multa o los honorarios del abogado lo debe evaluar el contribuyente, de entrada en su fuero interno el sabe si la multa le fue impuesta en justicia o no... por tanto que sea el quien decida...

    Pdta.- Por la ubicacion geografica que se cita en el mensaje inicial (NL) me permito recomendar se contacte al dilecto JJFarias para una evaluacion del credito fincado...

    Saludos.



    sos al sos .

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    08 May 2007 15:31 #8720 por jjfarias
    En todos los ambitos legales, es decir, ya sea administrativo o judicial, el derecho de audiencia es una garantia consagrada en los arts. 14 y 16 constitucionales, siempre hay que hacerla valer, es muy importante.

    La Profeco de conformidad con el Art. 13 de la Ley Federal de Proteccion al Consumidor dentro de sus atribuciones se encuentra la de practicar visitas para verificar el cumplimiento de las disposiciones contempladas en dicha legislación, y que a su vez, el proveedor del servicio o del bien se encuentra obligado a dar cumplimiento en las visitas efectuadas.

    Es decir, que tu cliente como proveedor de bienes o servicios hizo caso omiso a las acciones ejercidas por dicha Dependencia, motivo por el cual procedio a imponer las sanciones correspondientes, sin embargo esta debio otorgarte un termino de ley de diez días hábiles para que rindieras pruebas y manifestaras conforme a derecho

    Ahora bien, que puedes hacer?
    A) Verificar si todo el procedimiento se realizo dentro del marco legal (Notificaciones, la practica de visitas, solicitudes de informes, considera que las notificaciones son personales y deben llevar las mismas formalidades que en materia fiscal) y si existiere una violación al marco legal, interponer un recurso de revisión en los términos de la LFPCA.
    B) Pagar
    C) Solicitar una reducción o condonación en los términos del art 134 de la LFPC.

    SALUDOS Y SUERTE
    LFPCA LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
    LFPC LEY FEDERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR

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