Por partes para procurar no confundirme más...
lau_paty escribió: Si se le cobra al cliente por el flete, en este caso el cliente es persona moral, la mayoría es persona moral, son contadas las personas físicas.
Ok, cabe la terquedad del comentario, si se le va a cobrar al cliente por el flete, ¿Por qué no facturarlo y buscar simular la realidad?, adicional vale la pregunta, ¿Los clientes, todos, no van a objetar no se les facture el flete?, yo pienso que ya de entrada es apostar a conflictos, sin necesidad de ellos.
lau_paty escribió: Contablemente si esta reconocido el transporte, dicho transporte se utiliza para transporta la mercancía que se adquiere para llevarla a la bodega.
Si se hace la retención, se tiene que actualizar las actividades de la empresa?
No necesariamente, pero no dejo de reconocer que algunos lo van a considerar conveniente, pero insisto en que no lo veo obligado, ya que en los controles del SAT lo que figura es la "actividad preponderante", y el servicio del flete me parece que para nada lo será en su caso.
lau_paty escribió: Ya me informe bien en la empresa, este cliente es nuevo y como su compra es de gran tamaño se llego al acuerdo de cobrarle flete, pero quieren dejar en la factura explicito los servicios que esta pagando.
Suponiendo que el cliente tome a la empresa como proveedor, estimo que puede haber entre 25,000 y 30,000 pesos de retención en el año.
Ya lo ve, el cliente no esta fuera de la razón para nada... me parece que no solo ese cliente, si no cualquier contribuyente desea que en el comprobante se plasme lo que adquiere, por lo que esta pagando, si el acto se ubica en el supuesto de retención ese es otro cantar... pero lo correcto es plasmar la realidad, no hacerlo es simular, lo que es mal visto por la autoridad. Con el ejercicio de números que proyectas, conviene preguntarle a los socios o dueños, ¿Vale la pena arriesgarse a sanciones por 30,000.00 en un año?, es cierto que van a tener una retención que provoca no recibir ese dinero, pero lo dicho, esa retención es un pago anticipado al fisco, mismo que van a poder aplicar en menos de 30 días... No veo razones de peso o pesos suficientes como para buscar alterar la realidad, pero para que no diga que soy un asustadizo y persignado, le reitero que se de fleteros que para buscar burlar la retención y no ver afectado en nada su flujo de recursos, según ellos, consignan en lugar de servicio de flete, el de maniobras de carga y descarga. De mi parte insistir, no veo para que simular, sobre manera si el cliente esta convencido de que si paga por un servicio de flete es su deseo y exigencia que así sea plasmado en el comprobante que soporte la operación. Pero cada quien es libre de decidir.