Estoy aqui nuevamente para solicitarles su gran ayuda, estoy llenando la declaracion anual 2012 de persona fisica regimen intermedio, dentro del isr pide o menciona Perdida Fiscal y no me acordaba que en el 2011 tuve perdida fiscal y soy compleamente ignorante sobre el tema, es poreso que les molesto con este tema, devi aplicar la perdida fiscal del 2011 en los pagos provisionales? o puedo aplicarlo en la anual?...Espero haberme explicado para poder recibir su ayuda...Gracias de antemano
Tuvo sin lugar a dudas derecho a aplicar esa perdida fiscal desde pagos provisionales, pero no haberlo hecho al único que afecto es al contribuyente, ya que pago sobre una base irreal. Puede y debe aplicar la perdida en el cálculo anual de ISR, ya que de no hacerlo va a perder, ahora si, el derecho a hacerlo hasta por el monto a que tenga derecho.
Problema a la vista, por la aplicación de la perdida tan sólo en la anual, y con ello haber realizado los pagos provisionales sobre una base mayor a la de la anual, es probable que le resulte saldo a cargo en IETU, ya que el ISR del ejercicio va a ser menor que el de los pagos provisionales. Siempre va a tener la posibildad de compensar el saldo a favor de ISR contra el IETU a cargo, pero a que flojera.