BUENOS DIAS COMPAÑEROS.
ALGUIEN SABE DE CAUSALIDAD COMO SE CALCULA EL PAGO PROVISIONAL DE UNA SOFOM, LA EMPRESA COMENZO OPERACIONES EN EL MES PASADO, AGRADECERE SU AYUDA?
Lo primero que se me ocurre es preguntar, ¿Pagos Provisionales de qué impuesto?, ¿ISR, IETU?, una forma de salir de la duda y tener referencias de lectura consiste en revisar la guía de obligaciones, que se puede obtener del portal del SAT, pero va, en materia de ISR sugiero revisar el artículo 14 de la ley de la materia, en lo referente a IETU revisar el artículo 9 de la legislación correspondiente. Si posterior a la lectura persiste la duda o nace una nueva y más especifíca, favor de comentarlo para darle atención.
Comentar que en materia de IVA no hay pagos provisionales, a pesar de que en muchos persista la costumbre de así referirles, son pagos definitivos. En ISR le anticipo que por ser su primer ejercicio no hay obligación ni elementos para realizar pagos provisionales, si lo que deseas es una especie de machote para la integración del pago, me parece que basta con accesar a la aplicación de DyP o pago referenciado del SAT y revisar los formatos que vas a llenar.
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