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    COMPENSACIONES IMPROCEDENTES

    04 Sep 2013 16:33 #89929 por MASS770116
    Hola buenas tardes a todos, de ante mano agradezco toda su asesoría que me puedan a portar.

    el caso es el siguiente somos una P.M que se dictamina, y resulta que el SAT nos envió una invitación diciéndonos que el acreditamiento de ISR propio no aplicaba, ya que era mayor a el IETU con respecto al ejercicio 2008, revisando ya la información nos percatamos que es cierto, no aplicaba un acreditamiento sino una compensación ya que tuvimos ISR a favor en ese ejercicio, el auditor ingresa su dictamen indicando que era acreditamiento, en contabilidad no generar asiento de ajuste para eliminar este saldo de ISR a favor, 2009 audita otro despacho y acepta que los saldos a favor de impuestos de ISR y IETU del 2008 eran procedentes y en 2010 se empiezan a compensar contra impuestos del 2009 que no se habían pagado, en 2010 y 2011 se compensa este remanente, para lo cual monetariamente estamos hablando de 779,834.00 compensados que no aplicaban.

    nos acercamos al SAT y nos dicen pues tienes de dos o pagas todo de un galón o esperas una revisión, nosotros decimos ok. pagamos no tenemos todo, entonces optamos y decimos ingreso complementaria del 2008 con aviso de compensación y pago accesorios por tráeme mi monto pendiente de pago a valor presente y de igual forma mi impuesto a favor nos lo traemos a valor presente, pero todos mis ejercicios 2009-2010 y 2011 tengo que modificar en cuanto al pago de pagos provisionales ya que se habían compensado y ahora se vuelven impuestos omitidos.

    el auditor en turno de la empresa nos indica que es un gran problema esto, ya que los dictámenes presentados en 2009-2010 y 2011 ya no tendrían validez debido a que las compensaciones fueron validadas por ellos.

    el indica que mejor paguemos el monto que se acreditaron en su momento que fueron 635,000.00 aunque sin actualización y recargos. y que pues así no movemos ejercicios posteriores.


    ustedes que opinan. sobre esto.

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    04 Sep 2013 17:02 #89930 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema !Bien Llegado a Casa!
    Primero lo importante, !Bien Llegado a Casa!

    Pasando ahora si a lo que te condujo a esta tu casa, te comento que encuentro algo confuso lo que planteas. Ya nos compartes que no procedía acreditar si no compensar, refieres el ejercicio de 2008, no es que dude en lo absoluto de que tu conclusión sea correcta, si no que a mi en lo particular me seria de utilidad conocer los datos concretos para corroborar tu dicho y de paso tener un mayor conocimiento del escenario que estas contemplando.

    Igual si nos puedes precisar como llegan a las cifras que expones, en primer lugar nos citas una de 779,834.00 y al final nos expones una de 635,000.00, ¿Cómo llegan a ambas?, ¿Qué consideras tu en lo particular lo correcto a proceder?, si los pagos provisionales y las anuales en sus cifras de ingresos y deducciones no se modifican no veo problema con el dictamen, en todo caso me parece que lo que sucede es que el pago realizado se hizo en forma incorrecta, es decir, aplicando un saldo inexistente. Por lo que en el peor de los escenarios procede realizar una complementaría para realizar su pago, monto que ya en un momento dado se informo en el dictamen, en cuanto al monto... mejor esperar a tus precisiones. Confiando siempre en que otros compañeros puedan aportar mejores comentarios que los de un servidor.

    Saludos.



    sos al sos .

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    06 Sep 2013 10:53 #89951 por G-Ornelas
    Respuesta de G-Ornelas sobre el tema COMPENSACIONES IMPROCEDENTES
    Hola buen dia

    Solo corrige DESDE EL ORIGEN... y arrastra el saldo hasta la actualidad, si ya tenias compensaciones presentadas de aplicacion de dicho saldo... te DESISTES e ingresas de nuevo el aviso con el saldo a favor correcto por aplicar...

    tan solo es de presentacion....

    Saludos

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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