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[/color]Hola, Lic. buenas tardes
Respecto al excelente análisis que hace usted, Tengo un cliente PF régimen de arrendamiento, no supera los 250k, entré a una consulta del chat en el sat y me dicen que el próximo año sera opcional el CBB pero que ya no serán deducibles, por consiguiente a quien le arrenda mi cliente no va a aceptar el CBB, le comenté eso a la persona que me atendió, le dije que entonces porque dicen que era opcional y se modificó lo de los 250k si de todas maneras dejará de ser deducible??? Después, le pedí su fundamento y me respondió que estuviera atenta a las siguientes disposiciones fiscales...
que opina usted de esto?
Le agradezco de antemano su atención a mi comentario!
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