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    TOOOOOOOOMALA GALLO !!!!!!!!!!

    31 Dic 2013 15:18 #91687 por LOBOZAC
    Comunicado de prensa 84/2013

    México, D.F., a 31 de diciembre de 2013


    El 1 de enero se publicará la lista de contribuyentes incumplidos

     A partir del 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplan con sus
    obligaciones fiscales, serán publicados en el portal del SAT

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración
    Tributaria (SAT), informa que este 1 de enero se publicará en la página de internet del SAT
    la relación de los datos de contribuyentes incumplidos con la autoridad fiscal.

    Derivado de la Reforma Hacendaria, se modificó el artículo 69 del Código Fiscal de la
    Federación, estableciéndose excepciones a la reserva fiscal. Lo anterior, permite que este 1
    de enero se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que
    se encuentren en los siguientes supuestos:

    Que tengan créditos fiscales firmes
     Que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados
     Que no sea posible localizarlos en su domicilio fiscal
     Que tengan sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal
     Que se les haya cancelado o condonado algún adeudo fiscal, a partir del 1 de enero de
    2014.


    También, con la adición del artículo 69B al Código Fiscal de la Federación, próximamente se
    darán conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas
    apócrifas.


    Esta medida obedece al interés prioritario del SAT de informar a los contribuyentes y a la
    opinión pública en general la relación de datos de contribuyentes incumplidos
    para que tengan elementos de decisión al momento de realizar cualquier transacción comercial.

    Los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, en la misma
    aplicación donde se da a conocer la lista pueden generar su línea de captura para pagar o
    bien presentar la aclaración.

    El SAT resolverá la solicitud de aclaración en tres días hábiles y en caso de resultar
    procedente, se eliminarán los datos publicados en la siguiente actualización de la
    información, misma que se efectuará cada 15 días.

    Con acciones como ésta, el SAT refrenda su compromiso de velar por los intereses de los
    contribuyentes que cumplen adecuadamente con sus obligaciones fiscales, así como de
    orientar a la ciudadanía en general para que cuente con información que le permita tomar
    mejores decisiones en la realización de sus actividades comerciales y mercantiles.


    NORMALMENTE NO ME GUSTA HABLAS DE PARTIDOS POLÍTICOS, PERO EN ESTA OCASIÓN LO HARÉ, ... SIGAN VOTANDO POR EL PRI

    QUE TENGAN UN FELIZ AÑO, LLENO DE TERRORISMO FISCALIZADOR

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    01 Ene 2014 22:22 #91717 por Daniel_Gtz

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    05 Ene 2014 22:30 #91801 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema TOOOOOOOOMALA GALLO !!!!!!!!!!
    Gracias Daniel, ya comenzaron la reacciones, aunque pienso que esto es una cortina de humo por parte del sat

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