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    Pregunta del día portal del SAT....necesito FIEL?

    10 Ene 2014 12:13 #92134 por Miriam17
    Hola a todos....

    El día de ayer leía en el portal del SAT, la pregunta del día.....

    Soy del nuevo Régimen de incorporación fiscal, necesito la FIEL para facturar?

    Respuesta....NO solo contraseña....y me fui muy interesada a ver sus fundamentos....
    pues ninguno que me dijera concretamente como se podría facturar sin necesidad de la FIEL...
    salvo uno...el del Sistema de registro, desde donde existe la opción de emitir CFDI....

    Ahora aquí mi opinión.....el facturar desde el sitio del SAT es una opción más no una obligación...
    si un RIF, tiene una cantidad importante de facturación diaria, sin ningún problema puede, facturar
    con el proveedor que mejor crea conveniente...y solo que esté en un error, para ese caso necesito
    la FIEL.....

    Aquí mi molestia....yo estoy tratando de agendar citas para FIEL, entre ella para algunos del nuevo
    régimen.....no he tenido la suerte de encontrar cita...y esto no es lo que me molesta...

    Me comentaba mi esposo...que una contadora amiga envió a un cliente a una cita para FIEL de un
    contribuyente de este Régimen..y le negaron el trámite por ser de este Régimen..Argumentándole
    que no la necesita....y no contento....envío un mensaje a la contadora con su cliente....

    " Digale a su contadora que se ponga a estudiar"...prácticamente ese mensajito...también fue para mí
    ya que estoy tratando de conseguir citas para lo mismo....

    y pensaba....si este funcionario del SAT tiene razón...por favor....compartan conmigo los fundamentos de
    esto....


    Y seguiré el malintencionado, prepotente...y de mal gusto consejo del funcionario del SAT...

    y me pondré a estudiar....

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    10 Ene 2014 12:20 #92137 por mikecoz81
    Buenas tardes!...................


    Aquí en Cozumel, sucede lo mismo, personal del SAT, está negando el servicio a los exrepecos.
    Una amiga fue a hacer un trámite y también le negaron el servicio pero ella les pregunto, que como le tiene que hacer el contribuyente en caso de que quiera contratar los servicios de un PAC y no usar el portal del SAT.
    Le respondieron que en ese caso si se le tramita, y se la tramitaron.

    Se nota que la misma gente del SAT solo conoce su sistema por medio de intranet o no de internet, si supieran que su sistema falla muchísimo, no negarían el servicio.
    El siguiente usuario dijo gracias: Miriam17

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    10 Ene 2014 12:30 #92140 por Miriam17
    Gracias Mikecoz, por comentar tu experiencia, y esto nos sirve para cuando enviemos a este trámite a personas de este Régimen, que los atiendan y no los regresen ...


    De esto me queda una enseñanza ..... no soy nadie para decirle a otro Contador " póngase a estudiar"...

    El respeto antes que nada
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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    10 Ene 2014 12:36 #92143 por CPHugoocejo
    Defiitivamente la autoridad no es claro o bien quizás desconozcamos alguna regla....

    Sin embargo, en la regla I.2.4.7 en su tercer párrafo dice....

    Quienes se "inscriban" con obligaciones fiscales "deberán" acudir a la oficina del SAT de su preferencia, dentro de los treinta días hábiles siguientes a su inscripción para tramitar su Contraseña o FIEL .................o tratándose de contribuyentes del RIF.........

    saludos
    El siguiente usuario dijo gracias: Miriam17

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    10 Ene 2014 12:39 - 10 Ene 2014 12:52 #92144 por CPVICENTEM
    Hola que tal a todos, efectivamente es un relajo ir a un módulo del SAT, están hasta el tope de contribuyentes, respecto de facturar sin FIEL, el SAT inventó la aplicación de "Mis cuentas" en donde ya saben, van a poder los del RIF (Es régimen de incorporación fiscal y no resultado integral de financiamiento :P ) facturar y otras cosas, ademas de los del RIF, también los de los regímenes de actividades empresariales y profesionales y de arrendamiento pueden emitir sus comprobantes fiscales, de hecho ya hicimos una prueba con un cliente (dentista) y pudo emitir su comprobante, el cual está bien raro (el comprobante), los datos que se muestran en dicho comprobante son básicos y al final lleva la siguiente leyenda "La impresión de esta imagen tiene los mismos efectos de un comprobante fiscal de conformidad con el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación" :blink:

    Lo que es aberrante es que, ni en la legislación ni en reglas de miscelánea esten regulados este tipo de comprobantes.

    Saludos
    El siguiente usuario dijo gracias: Miriam17

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    10 Ene 2014 12:41 - 10 Ene 2014 12:42 #92145 por Don ppbustos
    Esos malos funcionarios del SAT son los que deben de ponerse a estudiar que no ven que las cosas ya cambiaron y ellos van a confundir a todos los contribuyentes.

    Lo que no te mata te fortalece.
    El siguiente usuario dijo gracias: Miriam17

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