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    COMPARTIENDO HUMILDEMENTE

    27 Ene 2014 14:35 #93132 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema COMPARTIENDO HUMILDEMENTE
    MEJOR VEAMOS EL 2014

    VA


    LIVA

    Artículo 5o.-E. Los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere el artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, durante el periodo que permanezcan en el régimen previsto en dicho artículo, en lugar de presentar mensualmente la declaración a que se refiere el artículo 5o.-D de esta Ley, deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero; marzo y abril; mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre, y noviembre y diciembre de cada año y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet, excepto en el caso de importaciones de bienes en el que se estará a lo dispuesto en los artículos 28 y 33 de esta Ley, según se trate. Los pagos bimestrales tendrán el carácter de definitivos.

    ...

    Asimismo, los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas previstas en esta Ley, ( EN EL 2015, OJO, EN EL 2015 ) siempre que presenten la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior, de conformidad con la fracción VIII del artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

    O SEA, CONCATENANDO Y CORRELACIONANDO AMBOS ORDENAMIENTOS, QUIENES PRESENTEN LAS DIOT´S DE TODO EL AÑO DE ACUERDO A LIVA, ... ESTARAN RELEVADOS DE PRESENTAR LA DE (CLIENTES Y )PROVEEDORES (LISR) EN EL 2015 !!!!



    Saludos

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    27 Ene 2014 15:00 #93134 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema COMPARTIENDO HUMILDEMENTE
    Ese conector, hace mención al "año pasado" y si el comentario es para este año ... en fin, son bienvenidos todos los comentarios que caray !!!!

    Por eso mismo cite el 2014...cuantos meses son..12, hay que presentar todo,,,y cuando hay que presentar la de clientes?, vamos cuando es le fecha por ley?....eso es lo que alude lo vertido desde un inicio por un servidor...


    saludos

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    27 Ene 2014 15:54 #93139 por Alcala
    Respuesta de Alcala sobre el tema COMPARTIENDO HUMILDEMENTE
    Hola, hijoles no me queda claro a donde quieren llegar, pero con respecto a la de clientes y proveedores, veo el asunto de la siguiente forma:


    Ejercicio 2013

    La obligacion de clientes y proveedores se encuentra en el 86 F. VIII LISR para P.M y para P.F 133 F. VII LISR


    Ejercicio 2014

    Ya no aparece en ninguna parte de la LEY ISR esa obligacion, tanto para P.M y P.F, sin embargo la obligacion quedo en un articulo transitorio, la cual dice que durante 2014, 2015 y 2016 se bedera cumplir con esta obligacion.


    Con las leyes y reglas miscelaneas 2014 concluyo que hay 2 supuestos:

    1er. Supuesto:

    - No presento la DIOT de Enero a Diciembre de 2014, por que me apegue al ultimo parrafo del 5 E LIVA, es decir, cumpli con lo que menciona la F. VIII del 112 LISR.

    Y con fundamento en la regla II.2.6.4.3 debo presentar clientes y proveedores.

    2o. Supuesto:

    - Presente la DIOT de Enero a Diciembre, por lo tanto de acuerdo a la regla II.2.6.4.3 no debo presentar la de clientes y proveedores.

    Saludos.

    Es mejor dar, que recibir.

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    27 Ene 2014 19:19 #93150 por alejandroeda
    Respuesta de alejandroeda sobre el tema COMPARTIENDO HUMILDEMENTE
    El segundo parrafo de la regla II.2.6.4.3., dice:

    Tratándose de personas morales deberán presentar en todos los casos la información en los términos de la presente regla.

    Debemos de entender que solo las personas fisicas no presentarian la declaracion de clientes y proveedores si hubiera presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), por todos los meses del ejercicio? pero las personas morales si deben de presentarla?

    Agradecere sus comentarios a la presente regla

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